27 de julio de 2016

Baja voluntaria: consecuencias y cómo comunicarla

En ocasiones un trabajador quiere dejar voluntariamente su trabajo, presentando la dimisión.
Veamos cómo tiene que hacerlo, cuáles son sus derechos y obligaciones, y en qué ocasiones el empresario no debe de pedirnos que presentemos una baja voluntaria.

La baja voluntaria o dimisión
En cualquier momento un trabajador puede romper la relación laboral que mantiene con la empresa, sin necesidad de justificar el motivo. Da igual que se haya firmado un contrato indefinido , uno temporal, de prácticas, o de cualquier otro tipo.  Si su deseo es dejar voluntariamente el trabajo, podrá hacerlo comunicándolo a la empresa. Eso si, debe ser una decisión libre del trabajador, no impuesta por el empresario.

En qué casos NO tengo que pedir una baja voluntaria
Es muy importante que el trabajador únicamente presente su dimisión cuando la decisión sea suya. Muchos empresarios presionan a sus trabajadores para que presenten una baja voluntaria diciéndoles que es la manera de hacer las cosas, pero realmente lo único que buscan es “quitarse de en medio” al trabajador sin tener que pagarle la indemnización que le correspondería.
Tampoco hay que pedir la baja voluntaria en estas situaciones:  cuando la empresa cambia sustancialmente el contrato o sus condiciones (horario, jornadas, días de descanso, las funciones), o bien envía al trabajador a otro centro lejos de su domicilio,  no paga al trabajador , se producen malos tratos de la empresa o de compañeros, se producen cambios en el empresario, o sucesiones de una empresa a otra, etc.
Ante estas situaciones el trabajador no tiene que presentar una baja voluntaria. Existen otras formas de demandar a la empresa y romper la relación laboral conservando el derecho a recibir la indemnización  y no perder la posibilidad de pedir el paro.

¿Cómo tengo que presentar la baja voluntaria?
Aunque la ley permite presentar la baja de forma escrita o verbal  y la jurisprudencia ha llegado a admitir las comunicaciones por medios electrónicos, siempre es recomendable hacerlo por escrito, por duplicado, entregando una copia a la empresa y quedándose el trabajador con la otra copia sellada por la empresa. En el caso de que la empresa no quiera sellar la comunicación, el trabajador puede enviarla mediante burofax.
Aquí puede verse un modelo orientativo de comunicación de baja voluntaria (ver documento en word).

El Preaviso
El trabajador tiene que comunicar a la empresa su decisión de causar baja voluntaria con el preaviso que venga indicado en el Convenio Colectivo  o el que se haya pactado en el contrato de trabajo . Si no,  con 15 días, que es el preaviso habitual.  En el caso de que el trabajador no cumpla este preaviso, el empresario puede descontar del finiquito los días que falten del preaviso, o incluso reclamárselos, en el caso de que el descuento sea superior al finiquito.
Hay que estar muy atentos a estos plazos,  ya que en algunos casos no cumplir el preaviso puede implicar un grave perjuicio para el trabajador. Por ejemplo el Convenio Colectivo estatal de enseñanza y formación no reglada prevé un preaviso de 30 días y que el empresario podrá descontar 2 días por cada día que falte de preaviso.

¿Puedo retractarme de la baja voluntaria?
Hasta que no llegue la fecha de la baja voluntaria, es decir, durante el tiempo de preaviso, la relación laboral continúa y el trabajador puede retractarse de la baja voluntaria presentada. Según la actual jurisprudencia del Tribunal Supremo, la empresa tiene que aceptarlo, salvo que con ello se le cause algún perjuicio (por ejemplo por haber contratado ya a otro trabajador). En el caso de no aceptarlo sin justificación se consideraría un despido improcedente.

La baja voluntaria en el periodo de pruebas
En el caso de estar todavía en el periodo de prueba, el trabajador puede romper el contrato sin justificación alguna y sin tener que dar preaviso alguno. Se tiene que hacer igualmente por escrito preferiblemente, y el trabajador tendrá derecho a la liquidación por los días trabajados. Al igual que la dimisión no se tendrá derecho a ninguna indemnización ni a pedir el paro, al haber dejado voluntariamente el trabajo.

Liquidación e indemnización
El trabajador que presenta una baja voluntaria no tiene derecho a que la empresa le pague ninguna indemnización. La empresa únicamente tendrá que pagar al trabajador el finiquito, pudiéndole descontar parte, como hemos visto, si no se da el preaviso necesario.  Así, el último día de trabajo la empresa tendrá que dar la propuesta de liquidación. En el caso de no estar de acuerdo con la cantidad indicada por la empresa es importante poner en el finiquito “no conforme”, la fecha y por último la firma.
En ocasiones la empresa adeuda algunas cantidades al trabajador que presenta la baja voluntaria. A pesar de haber dejado la empresa voluntariamente se pueden reclamar esas deudas, por ejemplo, por impago de salarios, para lo que es muy importante haber firmado el finiquito como “no conforme”.

¿Qué puede reclamar la empresa al trabajador?
En algunas ocasiones la empresa, además de descontar la falta de preaviso, puede reclamar al trabajador por daños y perjuicios, como por ejemplo cuando se haya incumplido una cláusula de permanencia o cuando así venga indicado en el Convenio Colectivo o en el contrato de trabajo. La empresa tendrá que demostrar estos daños y perjuicios. Normalmente las empresas no hacen este tipo de reclamaciones, pero en algún caso en concreto si podría producirse.

Otras opciones antes de presentar una baja voluntaria
Una opción menos arriesgada para el trabajador que quiere dejar una empresa es pedir una excedencia voluntaria (+ info)  . De esta forma dejará de trabajar para esa empresa, y podrá buscar trabajo en otra. Pero mantendrá la opción de reingreso en la empresa en la cual tiene la excedencia. Normalmente el reingreso es difícil, pero al menos se mantiene dicha opción.

Importante: tras una baja voluntaria no se puede pedir el paro
Después de una baja voluntaria no se está en situación legal de desempleo y por lo tanto, no se puede pedir el paro. Da igual el motivo por el que se pide la baja voluntaria, después de dimitir el trabajador no puede pedir el paro, ni tan siquiera reanudarlo si lo suspendió para ese trabajo.
Explicamos qué deberá hacer el trabajador para poder hacer uso de sus cotizaciones por desempleo en la siguiente guía > pedir el paro tras una baja voluntaria.

Cuándo se puede perder un trabajo por tener antecedentes

Determinadas profesiones exigen tener un expediente limpio y los últimos cambios legislativos han ampliado el catálogo de empleos en los que es necesario informar sobre este aspecto.
Este verano los campamentos y las empresas de animación infantil han tenido que hacer algunos cambios a la hora de contratar personal. Ahora, todas las personas que trabajan con menores de edad tienen que presentar un documento que acredite que no han sido condenadas por delitos contra la integridad sexual.
En otras profesiones se dan situaciones similares. Los jueces no pueden tener antecedentes por delitos dolosos, al igual que los auditores de cuentas. Para ser taxista en ciudades como Madrid o Valencia exigen tenerlos cancelados, lo mismo que ocurre para acceder a la Policía o a las Fuerzas Armadas.
Como los antecedentes penales pertenecen al ámbito privado, puede llamar la atención que las compañías los pidan, pero es una práctica habitual en muchos sectores. Es más, para acceder a estas profesiones es requisito indispensable.

Acceso a los datos
El certificado sólo lo puede reclamar el interesado y los organismos judiciales, aunque hay determinados casos en los que la Administración cursa una solicitud automática. Por ejemplo, para conseguir el permiso de residencia, para obtener la licencia de vigilante o de escolta privado, o el permiso de armas o acceder al Cuerpo Nacional de Policía o a la Guardia Civil no hace falta pedirlo. Los propios organismos públicos acceden directamente a la base de datos y hacen las comprobaciones necesarias.
Pero el interesado también puede autorizar a otra persona para que los solicite. Jesús Trujillo, director general del Colegio Blanca de Castilla de Madrid, explica cómo actuaron desde el centro. "A los ya contratados se les pidió una autorización para hacer una solicitud conjunta y agilizar los trámites. En unas horas nos enviaron los certificados de antecedentes de todos los empleados".

En caso de condena
Pero ¿qué ocurre si un trabajador de una de estas profesiones es condenado? Entonces, el despido es fulminante y seguirá así al menos hasta que logre borrar sus antecedentes.
María de la Palma Álvarez Pozo, profesora titular de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos, explica que "se produciría la resolución del contrato. Esta forma de actuar es un mecanismo de prevención. De esta manera, se intenta evitar la comisión de nuevos delitos".
Si la condena recae sobre un funcionario, la situación es la misma. El empleado no tiene derecho a reincorporarse a su puesto, explica Patricia Martínez Díez, del despacho Ceca Magán. "Una vez cancelados los antecedentes, el condenado podrá volver a presentarse a la oposición, aunque si por la naturaleza del delito tarda mucho tiempo en limpiar su expediente, es difícil que se vuelva a obtener plaza", añade.
No obstante, los antecedentes no quedan de por vida. Éstos se cancelan cuando la persona haya satisfecho las responsabilidades penales y civiles derivadas del delito y haya estado un plazo de tiempo -que varía entre uno y 30 años, dependiendo del delito- sin volver a ser condenada. Cuando se reúnan estos requisitos, el interesado puede solicitar la cancelación al Ministerio de Justicia, ya que ésta no se produce de forma automática. Si a los tres meses no hay respuesta, se entienden borrados.
Además del Registro Central de Penados, que es donde se inscriben los antecedentes, se ha creado el Registro de Delincuentes Sexuales. En él figuran los datos y el perfil genético de los condenados por delitos contra la libertad sexual y trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Este registro no es público, pero sus datos se mantienen aunque los antecedentes se hayan cancelado.

Plazos para la cancelación
Si son delitos leves, seis meses sin que la persona delinca. Para penas inferiores a 12 meses, se exigen dos años.
En el caso de delitos poco graves con penas inferiores a tres años, será necesario esperar otros tres.
Si el delito implica una condena superior o igual a tres años, el plazo para la cancelación es de cinco.
Cuando el caso es un antecedente por la comisión de un delito grave, el plazo se eleva hasta los diez años.
Los antecedentes por delitos sexuales cometidos contra menores de edad se cancelan a los 30 años

26 de julio de 2016

Viriato Seguridad usa tecnología de última generación para ponérselo imposible a los cacos

Todavía en pleno siglo XXI muchos siguen asociando la idea de tener una alarma con tener un negocio. Es decir, no caen en la cuenta de que también en casa se debe siempre estar seguro y a resguardo de los disgustos y las pérdidas económicas que nos provoca un robo. Más si cabe en estas fechas estivales en que muchos se trasladan a segundas residencias dejando la principal vivienda vacía para mayor facilidad de los cacos, que a veces hacen su agosto incluso en pleno mes de julio. Es una de las advertencias que lanzan desde la empresa de seguridad y servicios de protección Viriato Seguridad.
José López, responsable de la compañía, asegura que «con la ola de delincuentes en aumento, no es descabellada la idea de colocarse una alarma en la casa. Los sistemas de seguridad que ofrecen los servicios de alarma han visto incrementado su grupo objetivo en los últimos años. Las casas particulares siempre fueron y serán un punto ideal de robo para los delincuentes».
Para hacer frente a todo ello existen empresas como Viriato Seguridad, que cuenta con años de experiencia en el sector de la protección de bienes inmuebles. Ellos ofrecen entre sus servicios profesionales vigilantes de seguridad con y sin arma, alarmas contra robo o incendio, circuitos cerrados de televisión (certificados y homologados) y la venta y el mantenimiento de extintores.

Control permanente
Recientemente Viriato Seguridad ha implantado un sistema de planificación ERP (esto es, un sistema de control de los Recursos Personales) propio, destinado al departamento de seguridad y cuyo objetivo principal es ampliar la integración del departamento mediante un eficaz manejo de información, lo que permite una mayor optimización en su toma de decisiones y una minimización de costes. Gracias a esta solución implantada de gestión, la empresa consigue un mayor control de los procesos y de su personal, la optimización de horarios y costes, contar con información de alto valor añadido para la toma de decisiones y fortalecer las relaciones con sus clientes.
Además, en estos últimos meses, Viriato Seguridad ha implantado un nuevo sistema de gestión de localización por GPS en su flota de vehículos, lo que permite recibir en tiempo real datos y actualizaciones sobre los vehículos que se encuentran realizando su servicio, disponiendo en todo momento de un informe de las rutas realizadas por los vehículos, a disposición de los clientes en tiempo real que pueden verificar las rutas de su personal de seguridad contratada.
Lo peor de todo, señala López, es que las técnicas que utilizan los cacos se vienen perfeccionando y haciendo más sofisticadas año tras año: «entre ellos, existe una simbología que les permite identificar el tipo de escenario al que se enfrentarán. Una serie de símbolos, cada uno con un significado, son pintados en las fachadas o en el piso de las casas que han sido analizadas. Este reglaje es consignado con un símbolo en la fachada de la casa para hacer saber a sus compinches u otros miembros de la ´comunidad´ acerca de las condiciones que encontrarán», concluye.

Aucal impartirá la primera edición del Curso de Detective Privado, reconocido por el Ministerio de Interior

El Diploma de Extensión de Detective Privado es un título válido para el desarrollo de las funciones de detective privado y da acceso a la obtención de la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) por parte del Ministerio del Interior, inmediatamente al terminar el curso, y cumpliendo los requisitos que la Comisaría General de Seguridad Ciudadana solicita.
El alumno que estudie este diploma  será capaz de tener habilidades de investigación en diversas áreas, como en el ámbito laboral, desarrollo de peritaciones caligráficas, análisis comerciales, investigaciones familiares, laborales o económicas, etc. Como también realizar asesoramiento en asuntos de defensa jurídica, directamente en los despachos de abogados.
En caso de tener interés por desarrollar la carrera profesional en el área de la Seguridad Privada, un sector con amplias posibilidades de trabajo, colaborando con distintas entidades en contra del crimen, estafas, engaños u otras acciones donde se necesiten pruebas concretas, Aucal recomienda este completo curso en modalidad online. El título también cuenta con algunas actividades voluntarias presenciales de carácter educativo, de enorme interés para el alumnado.


Para solicitar información directa sin ningún compromiso: http://www.aucal.edu/informacion/curso-detective-privado

Aucal Business School es la escuela de negocios de Fundación Aucal, nacida en 1999, en la que trabajan mano a mano directivos, empresarios y profesionales de variados sectores con un amplia experiencia profesional y docente, siendo una de las primeras escuelas en España en implantar la formación on line en su metodología docente. Con más de 35.000 antiguos alumnos, Aucal es un centro de referencia para empresas y profesionales.

Recurren la condena a un ultra del Sporting por una agresión en El Molinón

El juez había enviado a prisión a un aficionado por partirle la nariz a un vigilante
 La sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, deberá estudiar la condena de 27 meses de cárcel que el juzgado de lo penal número 2 de la ciudad le impuso hace días a un aficionado ultra del Sporting de Gijón acusado de partirle la nariz a un vigilante de seguridad de El Molinón. El imputado fue juzgado dentro de un procedimiento en el que la Fiscalía pedía la condena de otros seis radicales acusados de provocar importantes disturbios en el partido que enfrentó al Sporting y al Córdoba en mayo del año 2013 en el estadio municipal.
El magistrado encargado del caso afirmó, en contra del criterio tanto del representante del ministerio público como de la Policía Nacional, que los movimientos que los ultras habían realizado en las gradas del estadio no habían supuesto un desorden que pudiera ser castigado con pena de privación de libertad. El juez desechó además que el lanzamiento de un asiento a los agentes que aquel día intervenían en El Molinón implicara la imposición de una pena de cárcel porque ningún funcionario resultó herido. El primer juicio colectivo contra varios ultras del Soprting se saldó, por tanto, con seis acusados absueltos y sólo una condena, la del aficionado cuya identidad responde a las iniciales R. P. O, que debería ingresar en la cárcel.
El juez consideraba probado que durante la trifulca el condenado -que llegó a ser candidato a la presidencia del Principado por el partido Democracia Nacional-, le rompió la nariz a uno de los vigilantes de seguridad del estadio. El herido tuvo que ser intervenido quirúrgicamente en dos ocasiones como consecuencia de la agresión, que tuvo lugar cuando varios ultras intentaban acceder al aparcamiento situado en el interior del estadio. El juez tachó estos hechos de "especialmente reprobables" por encontrase ante un acto de violencia que el propio magistrado definió como "totalmente gratuita".

Grupo Norte consigue en Chile otras dos importantes contratas en el sector de la seguridad privada.

Grupo Norte logra el contrato de limpieza del aeropuerto de Santiago de Chile
La empresa también consigue en el país andino otras dos importantes contratas en el sector de la seguridad privada.
Grupo Norte ha comenzado en este mes de julio a prestar el servicio de limpieza del aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez de Santiago de Chile, tras haber conseguido para los próximos tres años la adjudicación de este contrato. 176 profesionales realizarán los trabajos de limpieza integral de las instalaciones hasta julio de 2019, dentro de un operativo organizado y especializado por gamas de tareas para poder garantizar el mejor servicio en una infraestructura de gran complejidad técnica, según ha comunicado la empresa a través de un comunicado de prensa
Con el objetivo de mejorar el servicio y de ganar mayor eficiencia en el desempeño de todas las tareas, Grupo Norte ha realizado una fuerte inversión en tecnología, que supera los 300.000 euros. Entre otras mejoras, se ha incorporado un check electrónico con puntos de control, que permite supervisar el cumplimiento de frecuencias; un control de presencia con huella digital y un sistema de geoposicionamiento que ofrece en tiempo real el estado y avance de las tareas de limpieza.
El consorcio Nuevo Pudahuel, conformado por Groupe ADP (45%), VINCI Airports (40%) y Astaldi Concessioni (15%), comenzó a operar el aeropuerto el 1 de octubre de 2015 por una concesión de 20 años. Actualmente, está construyendo el nuevo terminal internacional, que tendrá una capacidad de 15 millones de pasajeros al año, aumentando el total del aeropuerto a más de 30 millones.

Otros dos contratos
Por otra parte, Grupo Norte también acaba de conseguir otros dos importantes contratos en el ámbito de la seguridad privada: prestará el servicio en 28 centros de trabajo de la empresa de telecomunicaciones VTR (lo que supondrá el despliegue operativo de 108 vigilantes) y 23 profesionales de la compañía se encargarán de vigilar las instalaciones de Outlet La Fábrica, uno de los principales centro comerciales de Chile, propiedad de Grupo Patio.

Los servicios de seguridad del Parque PISA identifican al ladrón de una furgoneta

Los servicios de seguridad del Parque PISA, ubicado en la localidad sevillana de Mairena del Aljarafe, han identificado al presunto ladrón de una furgoneta de reparto perpetrado en las calles de este parque industrial aljarafeño el pasado 14 de julio, gracias a lo cual la Guardia Civil ha podido identificar a esta persona y recuperado el vehículo.
Tras darse cuenta el repartidor del robo, lo comunicó al servicio de seguridad del PISA, momento desde el cual se puso en marcha un dispositivo que empezó por dar constancia a los cuerpos de seguridad de la Guardia Civil y, a continuación, se revisaron las imágenes grabadas en las salidas del PISA por el sistema de teledetección, según ha informado el parque industrial en un comunicado.
No sólo se identificó a la furgoneta sino también al presunto ladrón de la misma. Gracias a estas imágenes, que se pusieron a disposición de la Guardia Civil, los agentes lograron encontrar el vehículo en el barrio sevillano de Torreblanca y procedieron a devolverlo, apenas unas horas después del robo, a su legítimo propietario.
El PISA cuenta desde este mes de julio con la empresa de seguridad privada Vigilant, que suma a los servicios de vigilancia presencial y el circuito de toma de imágenes en circuito cerrado del PISA, una central de alarmas propia que es el centro neurálgico de las actuaciones en materia de seguridad y vigilancia.

Todo lo que tu DNI dice de ti

Estas son las claves del documento que te indentifica
Es difícil encontrar a alguien que no se sepa de memoria su número de Documento Nacional de Identidad (DNI). Esta tarjeta de policarbonato repleta de información que nos identifica es uno de los objetos más importantes en nuestro día a día. Se creó hace 72 años, aunque la versión electrónica actual llegó en 2006. A continuación, repasamos los elementos de los que se compone.
Cuenta con las mismas medidas de una tarjeta de crédito (85,60 mm de ancho por 53,98 mm de alto) y con diferentes elementos de seguridad contra su falsificación. Además de autentificar al ciudadano, sirve para poder firmar electrónicamente y en él se encierra la huella dactilar, aunque no se vea a simple vista. 
Entre sus anécdotas, existe una relacionada con la infanta Cristina. Cuando se crearon los primeros DNI, se adjudicaron los números 1 y 2 a Francisco Franco y Carmen Polo. Se reservaron aquellos que van del 10 al 99 a la Familia Real. Así, el número 10 corresponde a don Juan Carlos y el 11 a doña Sofía. Por orden de llegada, la infanta Elena obtuvo el 12 y se saltó el 13, que le correspondía a la infanta Cristina, para otorgarle el 14. De esta forma, se intentaba evitar que el número que la hija mediana de los entonces reyes trajera mala suerte a la Familia Real.
Aunque esta versión electrónica llegara hace una década, todavía convive con la versión antigua del DNI, ya que los mayores de 70 años no tienen obligación de renovarlo. Además, en algunas partes de España no se comenzó a expedir el DNI electrónico hasta finales de 2008.

Parte frontal
Microchip. Cuenta con una capacidad de 32 K, en los que se guarda esta información: Datos de filiación del ciudadano (los mismos que están impresos en el soporte físico del DNI), una imagen de la fotografía, una imagen de la firma manuscrita y otra de la huella dactilar.
Imagen láser cambiante (CLI). Situada debajo del chip, incluye a primera vista nuestras iniciales en orden de primer apellido, segundo apellido y nombre (el primero en caso de ser compuesto). En la parte del fondo, aparece la fecha de expedición del documento, que necesitamos para tramitar visados o documentos de entrada a países en aeropuertos.
Número de DNI + letra de identificación fiscal. Existe la leyenda urbana que asegura que nuestro número de DNI puede ir a parar a otra persona una vez que hayamos fallecido. Pero es falso. Nuestro número identificativo nos acompaña más allá de la muerte. El Decreto 1553/2005, del 23 de diciembre, establece que es un documento personal e intransferible que no se reasigna bajo ningún concepto, explica Policía Nacional a Verne.
La letra final que aparece en él "para verificar que el número que se introduce es el que se quiere consignar" y corresponde al número de identificación fiscal. ¿Por qué me ha tocado la letra B, la G o la W? A través de este enlace, se explica cómo se asigna el dígito de control a cada persona.
Número de serie del soporte. Bajo la información básica (nombre y apellidos, sexo, nacionalidad y fecha de nacimiento) aparece este código alfanumérico de 9 dígitos. Son dos letras iniciales y 7 números que, en realidad, identifican a la tarjeta física y no a la persona. Por eso, cuando se renueve el DNI, este número cambiará.
Kinegrama. Desarrollado por la compañía suiza Kinegram, solo se usa en documentos de alta seguridad, como billetes bancarios y documentos de identidad. Es similar a un holograma solo que, en cambio, la imagen que aparece no es tridimensional.
Relieves y tintas ópticamente variables. A lo largo de toda la superficie pueden encontrarse estas medidas de seguridad físicas que permiten detectar una falsificación.
Tintas Ultravioletas (UV) e Infrarrojas (IR). No perceptibles a simple vista, solo con lectores especiales. La Policía no da detalles sobre ellas para evitar falsificaciones.

Parte posterior
Equipo de expedición. Es un código alfanumérico de 9 cifras que identifica a la oficina de Policía donde se emitió el documento. Por tanto, es variable, ya que puede cambiar cuando renovemos el DNI si acudimos a una oficina diferente de la de la vez anterior.
Caracteres OCR-B de lectura automática. Ese bloque de letras y signos situado en tres filas en la parte superior. Es la zona creada para ser leída por máquinas, en concreto por cualquier lector de OCR de cualquier país, explica Policía Nacional.

Línea 1
Caracteres 1 y 2: Tipo de documento del que se trata. Por lo general es ID, al tratarse de nuestra identificación.
Caracteres del 3 al 5: País emisor del documento. En el caso de ser España, ESP.
Caracteres del 6 al 14: El número de serie del soporte físico de la tarjeta, compuesto de 9 caracteres alfanuméricos. Es el mismo que aparece en la portada.
Carácter 15: Primer dígito de control, correspondiente al número de serie. Se calcula con un algoritmo.
Caracteres del 16 al 24: El número de DNI, letra incluida.
Caracteres del 15 al 30: caracteres de relleno, representados con separadores (<).

Línea 2
Existe una leyenda que asegura que el último dígito de la segunda línea del código que aparece en la parte posterior del documento (en este ejemplo el número 8) indica el número de personas que tienen el mismo nombre y apellidos que el portador. Es falsa.
Caracteres de 1 al 6: Fecha de nacimiento en formato AA/MM/DD (Año, mes, día).
Carácter 7: Segundo dígito de control, relacionado con la fecha de nacimiento. Se calcula con el mismo algoritmo que en la línea anterior.
Carácter 8: El sexo del titular. M (masculino) o F (femenino).
Caracteres del 9 al 14: Fecha de caducidad del documento.
Carácter 15: Tercer dígito de control, relacionado con la fecha de caducidad del documento y que sigue el mismo algoritmo que los dígitos anteriores.
Caracteres de 16 al 18: La nacionalidad del titular, representada en un código de tres letras.
Caracteres del 19 al 29: Caracteres de relleno, representados con separadores (<).
Carácter 30: Cuarto dígito de control, relacionado con siete cifras previas: el número de serie y su dígito de control, el número de DNI, la fecha de nacimiento y su dígito de control, la fecha de caducidad y su dígito de control.

Línea 3
No tiene mucho misterio. Muestra en mayúsculas el primer apellido, el segundo apellido y el nombre del titular separados por los caracteres de relleno (<).

Novedades en la versión 3.0
En la nueva versión del DNI electrónico, presentado a principios del 2015, se presentan algunos cambios en cuanto a la distribución de los elementos que componen la tarjeta identificativa.
En la parte delantera, la fotografía pasa del margen derecho al izquierdo y se presenta más grande, al igual que el kinegrama. La imagen láser cambiante pasa del lado izquierdo al derecho.
En la parte posterior se incluyen los mismos componentes que en la versión anterior y se le añaden el chip electrónico, con mayor capacidad, y un elemento de seguridad: una imagen láser cambiante como la que aparece en el frontal.

SECUESTROS VIRTUALES EXPRÉS “¡Ya tengo todo listo para soltar a tu hija!”

Las denuncias en España de secuestros virtuales exprés desde dos cárceles chilenas se triplican
España es un santuario para los falsos secuestradores virtuales que operan desde cárceles chilenas. La Policía Nacional ha recibido más de 700 denuncias en año y medio en Madrid, Zaragoza, Sevilla, Málaga y Valencia sobre esta práctica donde presos comunes amenazan con asesinar en directo al familiar de un interlocutor elegido al azar si no se abona un rescate. Todo es una farsa. Las llamadas proceden de los penales de Colina II y Santiago I. El fenómeno se ha triplicado desde que irrumpió por primera vez, en febrero de 2015, según fuentes policiales.
La prisión chilena de Colina II se ha convertido en un inmenso locutorio. Decenas de reclusos de este penal a 35 kilómetros de Santiago y considerado uno de los más peligrosos del país telefonean a España a diario desde sus celdas para ejecutar secuestros virtuales exprés.
Los presos simulan ser raptores de un familiar, intentan persuadir al interlocutor para que transfiera un rescate –que arranca con una petición de 10.000 euros- y amenazan con cometer un asesinato si no se cede al chantaje. La secuencia se desarrolla entre gritos. “¡Ya tengo todo listo para soltar a María!”, anuncia uno de los extorsionadores a una madre de Xàtiva (Valencia), según el audio al que ha tenido acceso EL PAÍS. El falso secuestrador llega a pedir que no se avise a la Policía Nacional ni a la Guardia Civil para conferir credibilidad a su llamada. También, da largas cuando se le solicita escuchar la voz de la chica supuestamente raptada.
Los presos llegan a imitar voces juveniles y rastrear el Facebook de sus víctimas para recabar datos personales y resultar convincentes. Las llamadas se dirigen a números fijos seleccionados de modo aleatorio en el listín español.
La dificultad para identificar al autor –en una misma celda hay cinco reclusos que comparten móvil- y la facilidad para usar un teléfono en las prisiones chilenas –donde se han requisado en los últimos meses 70.000 dispositivos- propician la práctica.
“El pasado año identificamos en Chile a nueve personas. Tras unos meses de calma, el delito ha aumentado”, reconoce Juan Alcolea, jefe del equipo de Negociación de Secuestros de la Policía Nacional, que la semana pasada visitó Chile para colaborar con las pesquisas que coordinan en este país la Policía de Investigaciones y la Fiscalía de Chacabuco.
La Policía Nacional ha recibido más de 700 denuncias en año y medio en Zaragoza, Sevilla, Málaga, Valencia y Madrid, donde se concentran la mayor parte de los casos de un fenómeno que se ha triplicado desde que irrumpió en España por primera vez, en febrero de 2015, según los investigadores. Todas las llamadas analizadas proceden de los penales de Colina II y Santiago I.
El Juzgado de Instrucción número 5 de Zaragoza, que aglutina varias denuncias sobre este asunto, ha enviado a Chile una comisión rogatoria, que es como se denominan las peticiones de información a un país extranjero. La Policía trabaja con la Fiscalía de Cooperación Internacional de la Audiencia Nacional para unificar las reclamaciones y las peticiones del ministerio público chileno.
Las llamadas virtuales se realizan por la tarde -hora española- desde números ocultos o con prefijo chileno (0056). Arrancan con “¡Somos una organización criminal! Tenemos retenido a su hijo”. Los prisioneros persiguen con su labia atrapar a la víctima al otro lado de la línea, ganar tiempo para que no cuelgue y pueda descubrir que todo es una farsa.
Los presos persuaden al afectado para que se desplace a un cajero cercano a su casa, saque una cantidad que oscila entre 500 y 1.000 euros –aunque la petición inicial es de 10.000- y transfiera el dinero a través de compañías como Western Union o MoneyGram International.
El rescate solo se cobra en el 5 % de los casos. Un total de 20 víctimas han picado en España este año (en 2015 fueron 15). La suma total de su botín apenas supera 32.000 euros en año y medio. Los investigadores sostienen, sin embargo, que el delito es rentable en un país con un salario mínimo de 325 euros mensuales.

Los métodos más utilizados en el robo de coches

Los métodos más utilizados en el robo de coches son: el toli, el robo del tapón de gasolina, el timo de las matrículas, el robo por satélite, el robo del segunda mano o el uso de inhibidores. Aunque el robo de coches se ha reducido en España en general en el último año la cifra ha descendido un cincuenta por ciento siendo menos de cincuenta mil los vehículos sustraídos en 2013, el índice de robos de coches de alta gama mantiene su trayectoria ascendente, de todos modos nuestro país sigue siendo uno en los que hay más posibilidades de que te roben el coche. Este tipo de delitos hoy día ha quedado en manos de grupos organizados, los cuales dan salida hacia fuera de España a los coches que roban, especialmente hacia Europa del Este o África, o los utilizan para el desguace de piezas. El tráfico ilícito de vehículos estaba controlado por delincuentes búlgaros y marroquíes, ahora se han sumado delincuentes polacos (especialistas en furgonetas) españoles, rumanos, ucranianos y lituanos, éstos últimos actúan principalmente en la zona de Levante.
La mayor incidencia de este delito se da en Madrid, Toledo y Alicante, siendo Cáceres una de las ciudades con menor índice de sustracción de vehículos.
Estos son los seis métodos más utilizados en el robo de coches, merece la pena tenerlos en cuenta ya que podremos reducir las posibilidades de que roben nuestro vehículo.
El primer método se denomina ‘Toli‘, la verdad es que es bastante ingenuo y nos puede hacer picar fácilmente. Consiste en atar a la parte trasera del coche unas latas, aunque también se utiliza el golpe con otro coche en la trasera del vehículo a sustraer. Generalmente cuando esto ocurre, el conductor se baja del coche dejando puestas las llaves, los cacos aprovechan la situación, se suben al coche y se lo llevan.
El segundo método es el ‘robo del tapón de gasolina‘, cuidado, quizá penséis que lo han robado para colocárselo a otro coche, pero en realidad se ha sustraído para hacer una copia de la llave. Una vez en posesión de la llave, los ladrones esperarán la oportunidad para llevarse el vehículo.
El tercer método es el ‘timo de las matrículas‘, pocos son los conductores que miran en la parte de atrás para comprobar si todo está en orden. En este caso se sustrae la matrícula trasera y se utiliza como gancho para detener a su propietario con la excusa de que se le ha caído, la dinámica es similar a la del primer método.
La cuarta opción es el ‘robo por satélite‘, una red dedicada al robo de coches coloca un chip rastreador para saber dónde está el vehículo. Este método suele utilizarse con los coches específicos de alta gama.
El quinto método está orientado a los coches usados, es el ‘robo del segunda mano‘, si pones a la venta tu coche y quieres que lo compre un particular para poder ganar más de lo que te darían en un concesionario o en una tienda especializada, corres el riesgo de quedar con un caco, cuando quedas con el supuesto comprador y le dejas que pruebe el coche, se lo llevará.
El sexto de los métodos más utilizados para robar coches es el ‘uso de inhibidores‘. Al aparcar utilizamos el mando para cerrar las puertas, un inhibidor se encarga de neutralizar la señal del mando y el coche se queda abierto. En este caso no está de más, una vez activado el cierre, comprobar que realmente las puertas están cerradas, es una simple comprobación que reducirá el riesgo de que nos sustraigan el vehículo.
Los grupos organizados dedicados a este tipo de delito suelen estar formados por los ‘ojeadores’, que seleccionan el vehículo (en ocasiones por encargo) y lo sustraen, los ‘eléctricos’, que lo falsifican -cambio de matrícula, documentación y número de bastidor, el color no hace falta-, un conductor que lo saca de España y un proveedor que lo vende en el extranjero. Normalmente estos vehículos sutraídos a sus propietarios se venden en Europa de Este o África.

Los delitos de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos en el derecho penal español

José Aróstegui Moreno
El estudio del delito de atentado es interesante desde el punto de vista de la actuación profesional de los Funcionarios de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, ya que en muchas intervenciones se podrán plantear situaciones que darán lugar al nacimiento de esta figura delictiva.

El artículo 550 tipifica el delito de atentado al establecer:
“Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”.
De acuerdo con la tipicidad que se recoge en el artículo reseñado, es suficiente con que se lleve a cabo cualquiera de los actos que contempla el mismo para considerar que hay atentado. El AUTO de 22-10-1997, núm. 2065/1997, Recurso de Casación núm. 1114/1996, TRIBUNAL SUPREMO, Sala de lo Penal, en cuanto a los requisitos para que surja este delito, dice lo siguiente:
“Con respecto al delito de atentado inveterada doctrina jurisprudencial ha establecido cuáles son los requisitos cuya concurrencia se precisa para apreciar la existencia del delito de atentado: a) Un acto básico de acometimiento, empleo de la fuerza, intimidación grave, o resistencia también grave; b) que tal acto vaya dirigido contra un funcionario público o agente de autoridad; c) que dicho sujeto pasivo se hallare en el ejercicio de sus funciones propias del cargo, y, si así no fuera, que el autor del hecho hubiera actuado «con ocasión de ellas», pues en este delito no se pretende proteger a la persona del funcionario, sino a la función que éste desempeña, precisamente por el carácter público de ésta; d) que exista un «animus» o propósito de ofender a la autoridad o sus agentes, y que consiste en faltar al respeto debido a quienes encarnan el principio de autoridad (STS 12 junio 1995)”.
En el estudio que llevaremos a cabo de la mencionada figura delictiva, una vez que hemos expuesto las bases sobre las que se sustenta el delito en cuestión, vamos a analizar su incidencia en las actuaciones de los Funcionarios de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Es por ello, por lo que, en primer término, es conveniente determinar de una forma más pormenorizada en qué consiste esta figura delictiva.

En qué consiste el delito de atentado.
Es un hecho delictivo que se comete, como señala el artículo 550, contra la autoridad, sus agentes o funcionarios. En definitiva, este grupo de personas, que son los llamados sujetos pasivos del delito, son los que sufren las consecuencias de la comisión del hecho delictivo. Una primera cuestión que abordaremos es en torno a los sujetos pasivos, ya que conviene aclarar qué se entiende por:
Autoridad: la definición la encontramos en el artículo 24 del Código Penal que señala que se reputará autoridad al que, por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado, tenga mando o ejerza jurisdicción propia. En todo caso , tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las comunidades Autónomas y del Parlamento europeo. Se reputará también autoridad a los funcionarios del Ministerio Fiscal.
Funcionario: sigue diciendo el citado precepto en su apartado 2: Se considerará funcionario público todo el que, por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente, participe en el ejercicio de funciones públicas.

Por qué se instaura o tipifica el delito de atentado.
Hay distintas explicaciones al hecho de por qué se tipifica el delito de atentado. La jurisprudencia más representativa del Tribunal Supremo, a través de una serie de sentencias en las que cabe resaltar las de 6 de octubre de 1.982, 14 de febrero de 1.983, 20 de enero de 1.997, dicen que el bien jurídico protegido en este tipo de delitos es el principio de autoridad. Es decir se protege, más que a la persona del funcionario policial, a la autoridad que representa. Hay otro sector de la jurisprudencia que opina de manera un tanto diferente a las anteriores sentencias y consideran que lo que se protege a través de la tipificación de este delito no es el principio de autoridad sino el buen funcionamiento del ejercicio de la autoridad.1
Una vez aclarado por qué se tipifica este delito y qué se entiende desde el punto de vista penal por “autoridad y funcionario público”, hay que ver dónde se ubica, dentro de estos últimos conceptos, a los Funcionarios de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Como es evidente, según el texto del artículo 24, tales miembros de las fuerzas del orden no son autoridad, aunque sí son funcionarios públicos; en concreto son agentes de la autoridad, ya que dependen orgánicamente de una autoridad, y tienen la consideración de funcionarios públicos ya que participan de la función pública.2
En este orden de cosas, se han planteado muchas dudas en relación con los funcionarios de la policía en prácticas y los vigilantes de seguridad privada, dudas que giran en torno a si tienen la condición de funcionarios públicos y agentes de la autoridad. La jurisprudencia se ha encargado de aclarar esta cuestión en el siguiente sentido: cuando el delito de atentado se cometía contra un funcionario en prácticas o contratado, se les equiparaba a los funcionarios públicos y los calificaba como funcionarios de hecho, ya que al fin y al cabo realizaban la misma función que los que tenían la plaza como titulares.

BOE: Código de Seguridad Ciudadana actualizado.


BOE: Código de Seguridad Privada actualizado.


BOE: Código de Derecho de la Ciberseguridad


Snowden diseña una carcasa para el iPhone que avisará cuando te espíen

El dispositivo avisará al usuario cuando las señales de radio no autorizadas entren o salgan del teléfono
El exagente de la NSA lo ha presentado junto a otro ingeniero en el MIT Media Lab de Cambridge, pero de momento es solo un diseño
Edward Snowden eligió un hotel con siete salidas cuando eldiario.es fue a Moscú a entrevistarle, en marzo. Así, si ocurre algo o alguien da la voz de alarma avisando de que se encuentra allí, escapa rápido. Aunque nosotros dejamos los teléfonos móviles en conserjería, los periodistas que se reunieron con él en Hong Kong hace tres años no tuvieron tanta suerte. El exagente de la NSA les pidió que metieran en el congelador los aparatos. ¿El motivo? Bloquear cualquier tipo de señal de radio que pudiese activar los micrófonos o las cámaras de los dispositivos.
Snowden no tiene móvil. "Desde 2013, no he sido capaz de tener un smartphone como la gente normal", le cuenta a Wired. Como una idea que le haya estado dando vueltas en la cabeza desde entonces, el whistleblower ha presentado junto a Andrew "Bunnie" Huang, un ingeniero eléctrico del MIT, los bocetos de una carcasa para iPhone 6 que avisará cuando el teléfono esté transmitiendo datos a través de la red móvil, wifi o Bluetooth sin nuestro permiso.
No solo eso: la carcasa contará, además, con una alarma que podrá programarse para que suene si detecta cualquier tipo de actividad relacionada con las ondas de radio del teléfono. De momento está en pañales, pero Huang y Snowden ya han bautizado el sistema como "motor introspectivo". La carcasa conseguirá monitorizar las señales eléctricas que el iPhone recibe y después manda a sus antenas internas para de esta forma saber "cuándo están transmitiendo las radios del teléfono", cuentan los dos ingenieros en el borrador de proyecto.
En la presentación del dispositivo, que tuvo lugar el pasado jueves en el MIT Media Lab de Cambridge, Snowden y Huang también dijeron que estaban considerando añadir un botón para apagar el iPhone "de cuajo". Esta característica en inglés se conoce como kill switch y lo que haría es apagar el iPhone inmediatamente si el sistema detecta que el teléfono está enviando o recibiendo señales de radio sin nuestro consentimiento.
Sin nuestro consentimiento o después de activar el modo avión. Aunque la mayoría de teléfonos en este perfil desactivan el wifi, el Bluetooth y la red móvil, Snowden y Huang aseguran que no podemos confiar totalmente en la característica. "Confiar en el modo avión de un teléfono que ha sido hackeado es como confiar en un borracho que te dice que está suficientemente sobrio para conducir", ilustran con un ejemplo los ingenieros.

24 de julio de 2016

Málaga: El Guarda Rural, una figura cada vez más visible en las fincas

En la provincia se estima que más de un centenar de estos profesionales desarrollan esta actividad
Los propietarios de fincas y cooperativas están recurriendo cada vez con más frecuencia a la figura de los Guardas Rurales para vigilar sus tierras y producciones. El motivo son los repuntes de los robos y los daños que causan en las explotaciones. Se trata de una figura perteneciente a la seguridad privada que ejerce funciones de vigilancia y protección de las fincas, cotos de caza y guardapescas marítimos. En la provincia se estima que más de un centenar de estos profesionales están actualmente desarrollando esta actividad.
Según el secretario de la Asociación Nacional de Guardas Rurales (ANAGUR) y delegado del colectivo en Málaga, Víctor Villalobos, la formación de los guardas es cada vez mayor. No obstante, Villalobos se queja de que existe un gran problema de intrusismo, ya que es frecuente que los dueños de las fincas contraten a personas que no cuentan con la habilitación exigida por el Ministerio del Interior y cuyas pruebas realiza la Guardia Civil.
En la actualidad los sectores que más recurren en el campo malagueño a la figura del guarda rural es el olivar. Según el delegado de Anagur, también hay ayuntamientos de la provincia que incluso contratan esta figura en celebraciones como las romerías o para ejercer funciones de vigilancia en vertidos incontrolados de residuos en caminos, veredas o cauces de ríos y arroyos.
Cuando los precios del frutos como el limón son elevados, recurrir a la seguridad privada compensa. Al menos, así lo asegura Matías Flores, de Tana, empresa que debido a la situación por la que está atravesando el sector de los cítricos como consecuencia de los altos precios en origen lleva tiempo recurriendo a la seguridad privada como vía para combatir los hurtos.

23 de julio de 2016

Más seguridad en los puertos y aeropuertos en Canarias

El refuerzo de las medidas de seguridad antiterrorista que ha decretado Interior tras el atentado de Niza se va a plasmar en Canarias con el incremento de los controles en puertos y aeropuertos, especialmente durante la campaña de verano. También habrá más vigilancia en las zonas turísticas.
No hay especial motivo de alarma, pero en las Islas como en el resto del Estado se van a empezar a aplicar con carácter inmediato las medidas de refue
rzo de seguridad dentro del nivel 4 de alerta antiterrorista que está vigente en el país desde hace un año. El dispositivo especial se va a notar sobre todo en la vigilancia de los puertos y aeropuertos isleños, en las zonas de mayor afluencia turística y en todos los eventos puntuales que impliquen gran afluencia de público.
El delegado del Gobierno en Canarias, Enrique Hernández Bento, va a continuar la ronda de reuniones informativas que ya inició el pasado martes con los alcaldes de Las Palmas de Gran Canaria, Telde y San Bartolomé de Tirajana, para  coordinar las actuaciones de las diferentes administraciones en materia de seguridad.
«En los próximos días me reuniré con el resto de alcaldes y con los presidentes de los cabildos para informarles», adelanta el delegado del Gobierno, «porque se trata simplemente de ponerles al día de las medidas de reforzamiento del nivel 4 y de coordinarnos de cara al verano en eventos de mucha concentración de personas», añade.
Hernández Bento tiene previsto verse asimismo con la consejera de Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto, con quien ha mantenido en los últimos días un notorio enfrentamiento tras una intervención de la consejera en el Parlamento autónomo que el delegado del Gobierno calificó de «absoluta deslealtad», por aprovechar una pregunta parlamentaria para «hacer política con una cuestión tan seria como la seguridad». El propósito del encuentro es zanjar las diferencias, intercambiar información y garantizar la óptima coordinación en materia de seguridad entre el Estado y la Comunidad Autónoma.
España tiene activado el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA) en grado 4, que supone un «riesgo alto» de atentado en el territorio nacional -el nivel máximo es el 5- desde el 26 de junio de 2015, tras los atentados de Túnez y Francia. En noviembre del año pasado, tras los ataques islamistas de París, el Gobierno estatal decidió intensificar la seguridad reforzando la vigilancia en puntos estratégicos o de gran afluencia de personas, pero sin elevar el nivel general de alerta. Tras el ataque terrorista que tuvo lugar en Niza hace una semana y que costó la vida a más de 80 personas que celebraban la fiesta nacional francesa del 14 de julio, la mesa de valoración de la amenaza terrorista -integrada por representantes de Interior, los servicios de Información de Policía y Guardia Civil, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI)- decidió mantener el nivel de alerta 4.

La Vigilante agredida en la estación de autobuses de Oviedo recurrirá la sentencia

«El juicio ha sido irrisorio y el juez ha determinado una multa de cuatro euros durante un mes, es decir, 120 euros en total». De esta forma se mostraba ayer, María Antonia Celadilla, la vigilante de seguridad que fue agredida durante la madrugada del sábado en la estación de autobuses de Oviedo. Según relató, los hechos comenzaron a las 5.10 horas cuando le indicó, al que después iba a ser su agresor, de dónde salían los búhos para Gijón. Cinco minutos más tarde, el hombre «pasó por debajo de las cintas» que separan la zona de los autobuses nocturnos del resto de la estación y Celadilla le volvió a informar de que los autocares para esta ciudad «salían a las 5.30 horas de la dársena cuatro».
En este momento, el hombre se enfadó y le recriminó el tono de voz con el que había dicho la información. «Acto seguido, me metí en la caseta y un compañero de la limpieza me acompañó», comentó. Es por ello que el agresor «nos empezó a insultar y a amenazar con que nos iba a dar dos puñaladas por la espalda». Debido a que la situación cada vez era más tensa, el empleado tomó la decisión de llamar a la Policía, pero Celadilla le dijo que no lo hiciese, «ya que detrás del cristal todos somos valientes».
Mientras todo esto acontecía, un autobús de Madrid llegó a la estación y por ello la agente tuvo que salir del cuarto donde estaba. Fue entonces cuando el agresor se acercó a Celadilla por la espalda y le pegó varios puñetazos y patadas en la cara. «Me sacó el móvil de una patada en el cinturón y cuando la gente le empezó a recriminar lo que estaba haciendo, él huyó con mi teléfono», manifestó. La Policía Nacional le detuvo en la calle Fray Ceferino y ayer se celebró el juicio rápido en el juzgado de guardia. A lo largo de la vista, el agresor le pidió perdón y por ello el juez le impuso esa multa, que Celadilla recurrirá en los proximos días.

Las empresas adjudicatarias no tendrán que asumir deudas anteriores en las subrogaciones, según sentencia del Supremo

Las empresas de seguridad privada que consigan un contrato prestado anteriormente por otra no tendrán que asumir las deudas salariales contraídas por esta última en caso de subrogación.
El Tribunal Supremo ha desestimado, en su sentencia número 276/2016, el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Fondo de Garantía Salarial, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2014. 
En dicho recurso se planteaba la controversia de si, en caso de subrogación empresarial por sucesión de contratas operada, la nueva entidad concesionaria debía responder de las deudas salariales, a tenor de lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, o, por el contrario, debía quedar liberada de dicha responsabilidad, por lo dispuesto en artículo 14 del Convenio Colectivo de Seguridad Privada.
De este modo, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto exonerar de responsabilidad a la empresa cesionaria frente a las deudas contraídas por la compañía cedente.

La USAL, primera universidad española que consigue el reconocimiento de Interior para su máster en materia de seguridad

El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, ha reconocido como titulación suficiente, a efectos de habilitación de jefe y de director de seguridad, al Diploma en Ciencias Policiales de la Universidad de Salamanca, el primer título de una institución académica de la Educación Superior española que lo consigue.
Este reconocimiento es posible una vez superado el Curso de Formación correspondiente al plan de estudios para alcanzar el nombramiento de inspector de la Policía Nacional, un programa que imparte la Escuela Nacional de Policía en colaboración con la USAL.
Este diploma tiene la consideración de nivel 7 (máster) del EQF (Marco Europeo de Calificación), ha explicado la institución salmantina.
Para ello, la Unidad Central de Seguridad Privada y la Universidad de Salamanca (USAL) han firmado los trámites finales que dan forma al reconocimiento que permite alcanzar el Diploma en Ciencias Policiales por la institución académica, como titulación que habilita para ejercer como jefe y director de seguridad privada.
La rúbrica ha corrido a cargo del comisario principal jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, Esteban Gándara Trueba, y la vicerrectora de Docencia de la Universidad de Salamanca, Carmen Fernández Juncal.
De este modo, la Universidad de Salamanca se convierte en la primera de España que consigue este tipo de reconocimiento del Ministerio del Interior para un título universitario, como se acredita por la resolución del director general de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez, ha indicado la USAL.
A la reunión han asistido, además del jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada y la vicerrectora de Docencia, el comisario principal director de la Escuela Nacional de Policía de Ávila, José García Molina; el vicerrector de Promoción y Coordinación, José Ángel Domínguez; la coordinadora del Grado en Criminología de la Universidad de Salamanca, Marta del Pozo Pérez; el jefe de Estudios de la Escuela Nacional de Policía de Ávila, Ángel Díaz Arias; y la inspectora Lorena Álvarez, jefa de Grupo Operativo de Relaciones Institucionales de la Unidad Central de Seguridad Privada.
Este reconocimiento se ha alcanzado tras la solicitud del rector de la Universidad de Salamanca, Daniel Hernández Ruipérez, "en el marco de la colaboración institucional que se viene produciendo vía convenio desde hace décadas entre la Universidad de Salamanca y la Policía Nacional, con especial intensidad en materia de formación, en este caso en relación con los estudios que se imparten en la Escuela Nacional de Policía".
Para la consecución del reconocimiento ha sido necesario completar el expediente administrativo conforme a las exigencias de la nueva Ley de Seguridad Privada del año 2014, que permite que el título de la USAL, con nivel de máster, sea el primero que se reconoce en España, en aplicación de dicha ley.