4 de octubre de 2016

Un año de inhabilitación a portero de discoteca que impidió entrar a un negro

El juzgado de lo penal número 2 de Mataró ha condenado a un portero de una discoteca de El Masnou (Barcelona) a un año de inhabilitación por impedir la entrada a un joven porque era negro, al que además propinó un puñetazo, por lo que también tendrá que pagar una multa de 5.000 euros por lesiones.
Según la sentencia, el juez considera probado que el vigilante de seguridad de la discoteca dijo que "el negro no entra" y, cuando la víctima le pidió una explicación, le propinó un puñetazo que le tumbó inconsciente en el suelo, le rompió la nariz y le fracturó dos dientes.
De hecho, el acusado reconoció los hechos, que sucedieron en la madrugada del 3 de junio de 2012, cuando dos chicos se disponían a entrar en una discoteca de El Masnou, pero el portero cerró el paso al que era de raza negra.
Aunque su compañero accedió al local para conseguir que dejaran entrar a su amigo y el responsable dio su visto bueno, el portero insistió: "El negro no entra".
La defensa y la acusación alcanzaron un acuerdo tras reconocer los hechos por lo que el fiscal retiró su acusación inicial y rebajó su petición de pena a un año de inhabilitación por un delito de denegación discriminatoria de prestación privada y seis meses de multa con una cuota diaria de 8 euros por un delito de lesiones, que ha sido la impuesta por el juez.
Según ha valorado hoy la organización SOS Racismo, "esta condena puede generar jurisprudencia en esta tipología de delitos de odio, siendo una de las primeras de Cataluña y del Estado español, la primera condena por discriminación en el acceso a locales de ocio conseguida por SOS Racismo en más de 20 años de atención a las víctimas de racismo".
La sentencia también establece que la víctima tendrá que ser indemnizada con más de 5.000 euros por los daños morales y las secuelas de las lesiones físicas.
El abogado de SOS Racismo, Josep Granados, que ha ejercido la acusación, ha explicado que este es uno de los pocos casos en el que se ha aplicado el artículo 512 del Código Penal, que recoge el delito de denegación discriminatoria de la prestación de un servicio privado.
Hace unas semanas un juez también condenó a un agente de seguridad privada y al propietario de un discoteca en Albacete por denegar el acceso a dos chicos negros en 2011.
La discriminación racista en el acceso a locales de ocio es un hecho denunciado repetidamente por SOS Racismo.
"Estos casos son sólo la punta del iceberg", ha explicado la responsable del Servicio de Atención de Denuncias de SOS Racismo, Alicia Rodríguez.
"Muchas personas no saben que les están vulnerando un derecho y que lo pueden denunciar, o, directamente, prefieren pasar página y dejar de ir a los locales que las discriminan", ha señalado Rodríguez.