En un primer momento, la Audiencia Provincial de Sevilla absolvió a los dos ciudadanos rumanos acusados por este crimen
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación promovido por el hombre condenado por el asesinato en 2009 de un vigilante de seguridad en una planta fotovoltaica de Marchena (Sevilla), durante un robo de cobre, ratificando así los 17 años de prisión impuestos por un delito de asesinato y los cinco años correspondientes a un delito de robo con violencia y uso de medios peligrosos.
En un primer momento, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla absolvió a los dos ciudadanos rumanos acusados por este crimen, al no dar validez a una prueba de ADN, una sentencia anulada no obstante por el Tribunal Supremo, para que la Audiencia Provincial dictara un nuevo fallo en el que se valorase como prueba válida el hallazgo del ADN de Marius, uno de los acusados, en el pantalón de la víctima.
Finalmente, y a través de una sentencia emitida el pasado 7 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla absolvió a uno de los dos acusados, identificado como Adi D., y condenó al otro acusado, identificado como Marius L.C., a 22 años de cárcel por delitos de asesinato y robo con violencia y medios peligrosos, así como al pago de una indemnización de 160.992 euros a los padres de la víctima y de 21.448,83 euros a la empresa por el cobre sustraído en la planta fotovoltaica, aunque el acusado se declaró insolvente.
Frente a la sentencia condenatoria, el condenado elevó un recurso de casación al Tribunal Supremo, que a través de una sentencia emitida el 24 de julio y recogida por Europa Press desestima dicho recurso de casación y además impone al recurrente las cosas del procedimiento judicial.