El exempleado apagaba las cámaras e inutilizaba las alarmas para hurtar productos que al final de la jornada laboral sacaba en su mochila
El Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha condenado a quince meses de prisión a V.B. H.I, exjefe de seguridad del establecimiento de Media Markt en la capital riojana, por un delito continuado de hurto y a indemnizar con 2.553.53 euros a la cadena comercial, equivalente al material sustraído y no recuperado.
V.B.H.I. desempeñaba hasta el año pasado, y con una antigüedad de una década, las funciones de jefe de seguridad del establecimiento que Media Markt tiene en el centro comercial Berceo. Valiéndose de su puesto de trabajo, inutilizaba antes de abrir el establecimiento al público las cámaras de seguridad durante unos minutos y aprovechaba el momento para sustraer material que, después de desprecintar también las alarmas de las carcasas, guardaba en su mochila para sacarlo de la tienda tras concluir su jornada laboral. Después de levantar sospechas entre varios de sus compañeros, el gerente del establecimiento grabó en vídeo una conversación con el condenado en la que éste reconoce la autoría de los hurtos.
La defensa del exempleado, que pedía la libre absolución, intentó en el juicio invalidar la grabación como prueba al argumentar que podía suponer una violación de los derechos fundamentales a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. Sin embargo, el juzgado entiende que no se ha producido este hecho, ya que «el contenido inculpatorio de la conversación está corroborado por el resto de pruebas que se han practicado en el procedimiento». En este sentido, la sentencia alude a varios testimonios de trabajadores excompañeros del condenado a los que confesó que había estado robando y las sucesivas faltas inexplicables de objetos que estaban por la noche cuando cerraban el establecimiento y, sin embargo, echaban de menos cuando volvían por la mañana.
El juzgado impone las costas al condenado y, además de los 15 meses de prisión y la indemnización a Media Markt por los objetos robados y no recuperados, ordena la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de V.B.H.I. durante los quince meses de condena.