Una de las novedades es que los vigilantes podrán hacerse cargo del control del perímetro exterior de las cárceles.
Se ha modificado la redacción del artículo 41 que hace referencia a las competencias de los agentes de seguridad privada. De este modo, se elimina que estos agentes puedan patrullar por las zonas comerciales peatonales.
El texto aprobado en el Congreso establecía que los agentes jurados podían hacer labores de "vigilancia en zonas comerciales peatonales". En la actualidad esta competencia es exclusiva de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Eso sí, en el Congreso se establecía como requisito que tuviesen "autorización previa por parte del órgano competente" y que realizasen esa labor en coordinación con la Policía, la Guardia Civil o las policías autonómicas y locales. Este supuesto de vigilar las "zonas comerciales peatonales" ha sido eliminado del artículo, quedando aprobado que los agentes de seguridad privada sí podrán realizar la vigilancia perimetral de centros penitenciarios y centros de internamiento de extranjeros o la "participación en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial".
También con autorización previa, los agentes jurados podrán vigilar polígonos industriales y urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio que se encuentren delimitados así como acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común