Advierte al ministro Soria que las "graves imputaciones sólo tienen hasta ahora un sostén puramente conjetural"
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha solicitado al juez de Las Palmas de Gran Canaria Salvador Alba, que sustituye a la diputada de Podemos Victoria Rosell en dicho órgano, que elabore un informe sobre las "vicisitudes e incidencias que hayan podido afectar a la duración del proceso" que inició ésta contra el presidente de la UD Las Palmas Miguel Angel Ramírez. La petición se realiza en el marco de la querella presentada por el ministro de Industria en funciones, José Manuel Soria, contra la juez en excedencia.
Esta medida la adopta el alto tribunal con carácter previo a resolver si admite o no a trámite la querella interpuesta por Soria contra Rosell por los delitos de calumnias, injurias, prevaricación judicial, retardo malicioso en la administración de justicia y cohecho al entender que la diputada de Podemos pudo favorecer a Ramírez, con el que su pareja, el periodista Carlos Sosa, negociaba la compra de una emisora de radio por cerca de 300.000 euros.
En su auto, la Sala del Supremo requiere al letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria que le dé igualmente trasladado del "testimonio íntegro" de las declaraciones prestadas en concepto de investigado por el empresario Miguel Angel Ramírez, a quien se le acusa de un delito fiscal y contra la Seguridad Social.
Asimismo, también se dirige al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que el Promotor de la Acción Disciplinaria detalle a la Sala los motivos por los que el 12 de febrero de 2016 archivó la investigación sobre una posible sanción disciplinaria en la que podría haber incurrido Rosell.
Este requerimiento, argumenta la Sala en su auto, busca "recabar una mínima relación de documentos que permita fundamentar adecuadamente la resolución que sirva de desenlace a la querella" presentada por el ministro José Manuel Soria, cuya defensa se ofreció a personarse en la causa como acusación popular para salvar su falta de legitimación.
De acuerdo a la Ley del Poder Judicial y a la jurisdicción del Supremo, el alto tribunal entiende que su obligación es velar por "conjurar el riesgo de querellas originadas por finalidades espurias o sencillamente maliciosas". "No faltan precedentes en los que, antes de resolver acerca de la admisión de una querella interpuesta contra un magistrado, se recaba documentación con el exclusivo fin de rechazar las imputaciones infundadas", añade la Sala.
GRAVEDAD DE LAS IMPUTACIONES
"La gravedad de las imputaciones formuladas contra la señora Rosell, por más que, hasta ahora, sólo tengan un sostén puramente hipotético o conjetural, y su negativa incidencia en el estatuto constitucional del Juez, imponen de forma obligada requerir los documentos a los que se alude en las informaciones a las que se hace referencia en la querella", sostiene el auto del que ha sido ponente Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal.
Dichas informaciones periodísticas fueron enviadas al Supremo el pasado 29 de marzo en una ampliación de la querella de la defensa de Soria, que ejerce el exfiscal general del Estado Eligio Hernández. En las mismas, se hacía referencia a una declaración prestada por Miguel Angel Ramírez ante el juez Salvador Alba donde confirmaba el contacto empresarial prolongado entre la pareja de Rosell y dicho empresario, haciendo mención a préstamos que podrían haber superado los 100.000 euros.
Este mismo miércoles se ha sabido que la Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala de lo Penal del alto tribunal que remita al promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ los nuevos datos aportados por el ministro por si son merecedores de sanción.
El Ministerio Público, que ya se pronunció con anterioridad en contra de abrir una causa penal contra Rosell, ha informado a Europa Press que no encuentra que la aportación de estas noticias sea base para una investigación criminal, pero considera que el órgano de gobierno de los jueces debería analizar de nuevo si su actuación es merecedora de sanción disciplinaria.