El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el reglamento de Policía y Gestión de los puertos de la comunidad autónoma, en el que se regula las funciones de seguridad encomendadas a los oficiales de puertos y vigilantes de seguridad privada.
Según la información del Gobierno, el nuevo reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento de los servicios y operaciones, así como los usos y actividades, que se desarrollen en dicho ámbito.
En el reglamento se establece como personal de vigilancia del dominio público portuario a los oficiales de puertos, que son los agentes administrativos y de policía especial del dominio público portuario y del servicio portuario de gestión directa de la Administración portuaria canaria.
Respecto a los vigilantes de seguridad privada, el reglamento señala que su actuación se realiza bajo la jefatura inmediata y directa del director gerente o cargo análogo de la Administración portuaria canaria, siguiendo las instrucciones de la Jefatura de Explotación.
Se trata de un colectivo de agentes de la autoridad, que la administración portuaria canaria destina al dominio público portuario objeto de su gestión directa pero no ejercerán las funciones coercitivas y represivas, de mantenimiento del orden público y de persecución del delito, atribuidas a las fuerzas y cuerpos de seguridad públicos, por lo que no portarán armas.