30 de junio de 2016

Ya está en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos

El Reglamento de protección de datos en 12 preguntas
El Reglamento General de Protección de Datos ha entrado en vigor el 25 de mayo de 2016. La AEPD ha elaborado este documento simplificado, que sigue el formato pregunta-respuesta, para facilitar la comprensión del nuevo marco normativo a los ciudadanos y ayudar a las organizaciones a adaptarse a los cambios que incorpora y cumplir así con sus obligaciones.

1. La entrada en vigor del Reglamento, ¿supone que ya no se aplica la Ley Orgánica de Protección de Datos española?
No. El Reglamento ha entrado en vigor el 25 de mayo de 2016 pero no comenzará a aplicarse hasta dos años después, el 25 de mayo de 2018. Hasta entonces, tanto la Directiva 95/46 como las normas nacionales que la trasponen, entre ellas la española, siguen siendo plenamente válidas y aplicables.

2. ¿Cuál es, entonces, el significado de que el Reglamento haya entrado en vigor?
El periodo de dos años hasta la aplicación del Reglamento tiene como objetivo permitir que los Estados de la Unión Europea, las Instituciones Europeas y también las organizaciones que tratan datos vayan preparándose y adaptándose para el momento en que el Reglamento sea aplicable.
En esos dos años, por ejemplo, los Estados miembros pueden adoptar o iniciar la elaboración de determinadas normas que sean necesarias para permitir o facilitar la aplicación del Reglamento. Esas normas no pueden ser contrarias a las disposiciones de la vigente Directiva ni tampoco ir más allá de los poderes de actuación normativa que el propio Reglamento prevé de forma explícita o implícita.

3. ¿A qué empresas u organizaciones se aplica?
El Reglamento se aplicará como hasta ahora a responsables o encargados de tratamiento de datos establecidos en la Unión Europea, y se amplía a responsables y encargados no establecidos en la UE siempre que realicen tratamientos derivados de una oferta de bienes o servicios destinados a ciudadanos de la Unión o como consecuencia de una monitorización y seguimiento de su comportamiento.
Para que esta ampliación del ámbito de aplicación pueda hacerse efectiva, esas organizaciones deberán nombrar un representante en la Unión Europea, que actuará como punto de contacto de las Autoridades de supervisión y de los ciudadanos y que, en caso necesario, podrá ser destinatario de las acciones de supervisión que desarrollen esas autoridades. Los datos de contacto de ese representante en la Unión deberán proporcionarse a los interesados entre la información relativa a los tratamientos de sus datos personales.

Interior sanciona con 30.000€ a una empresa que ejercía seguridad privada en El Trompo sin estar habilitada

La compañía, que no es de seguridad pero realizaba esa función, está acusada de eludir responsabilidades y obligaciones y obtener "una clara ventaja" sobre las que sí se dedican a esas tareas

El Ministerio del Interior ha impuesto una multa de 30.001 euros a la empresa Servicios Securitas S.A. (Servisecuritas) por asumir las labores de seguridad en el Centro Comercial El Trompo de La Orotava sin estar habilitada para ello, lo que está tipificado como una falta muy grave. Ahora la Audiencia Nacional ha ratificado la multa al considerar que la denominación utilizada en el uniforme de quien prestaba estos servicios inducía a confusión.
"Cualquier persona que se cruce con un empleado uniformado, de la manera que la sentencia declara probado, con el logo utilizado tiende de forma lógica a pensar que el que viste como un empleado de seguridad, presta servicios de seguridad, y sobre esa uniformidad va una denominación social, que sin perjuicio del objeto social, lleva la palabra seguridad". La trabajadora denunciada indicó que disponía de un teléfono móvil que, cuando concluye su turno, pasa al vigilante que sí estaba facultado para prestar estos servicios. La Audiencia Nacional apunta que carece de todo sentido, que teniendo funciones absolutamente diferentes y trabajando para empresas distintas, sin embargo, usen el mismo terminal móvil.
Pero además, se disponía de una emisora para la realización de estas labores que utilizaba la misma frecuencia que el guardia de seguridad que prestaba sus servicios por la noche. La persona denunciada declaró que sus funciones consisten, en caso de altercado, en llamar a la Guardia Civil o a la Policía Local, según corresponda. "Hemos de convenir en que el sentido común indica que discriminar entre llamar a la Guardia Civil o a la Policía Local, según el altercado, parece propio de quien posee conocimientos específicos de cuestiones de seguridad y por tanto de quien desarrolla funciones que profesionalmente le permiten distinguir cuando hay que llamar a un Cuerpo de seguridad o a otro".
Igualmente, se señala en el fallo judicial que la persona denunciada señaló que entre las actividades ejercidas se encuentra estar por el centro, lo que obviamente conlleva funciones de permanencia y recorrido por el establecimiento. Por lo tanto se supone que también previene cualquier altercado o situación anómala que se pueda producir y dispone tanto de las instrucciones como de los medios, emisora de radio y teléfono móvil, necesarios para tratar de solventarlos con rapidez.
La Audiencia Nacional recuerda que ya en otras ocasiones se le ha impuesto una multa a esta empresa por idénticos motivos: cubrir una apariencia haciéndose pasar por una compañía que presta otro tipo de servicios pero que en realidad se trata de seguridad. "De esta forma accede al mercado, al eludir las responsabilidades y obligaciones propias de una empresa de esta naturaleza, con clara ventaja sobre las que cumplen escrupulosamente lo dispuesto en la legislación vigente", se indica por último.

29 de junio de 2016

Uso compartido de comunicaciones

Consulta formulada por un particular, en relación al uso del mismo canal de comunicación entre los vigilantes de seguridad de servicio y otras personas ajenas a éstos.

CONSIDERACIONES
La vigente normativa de seguridad privada sólo hace referencia a la obligación que tienen los vigilantes de seguridad de prestar servicio intercomunicados, en los servicios de transporte y distribución de objetos valiosos o peligrosos y explosivos, conforme se establece en los artículos 10 y 11 de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada:
Artículo 10.e): Los vehículos dedicados al transporte y distribución de objetos valiosos o peligrosos deberán ir provistos de “sistemas de comunicación apropiados que permitan contactar, en cualquier momento, con la empresa y con las autoridades competentes, así como la intercomunicación de los vigilantes de seguridad de transporte y protección con el conductor del vehículo.”
Artículo 11.c): Los vehículos dedicados al transporte de explosivos “dispondrán de un teléfono de instalación fija en el mismo, que permita la comunicación con la sede o delegaciones de la empresa, así como la memorización de los Centros Operativos de Servicios de las circunscripciones de las Comandancias de la Guardia Civil por las que circule el transporte”.
Por otra parte, el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, en su artículo 49.3, regula el servicio de custodia de llaves con la siguiente redacción: “… que las llaves sean custodiadas por vigilantes de seguridad sin armas en un automóvil, conectado por radio-teléfono con la central de alarmas.”
Igualmente, la misma norma se refiere, en su artículo 80, a la forma de realizar los servicios de vigilancia en los polígonos industriales o urbanizaciones, estableciendo el procedimiento en cuanto a la comunicación entre los componentes del servicio y la empresa: “…será prestado por una sola empresa de seguridad y habrá de realizarse, durante el horario nocturno, por medio de dos vigilantes, al menos, debiendo estar conectados entre sí y con la empresa de seguridad por radiocomunicación”.
Esta comunicación permanente entre los componentes del servicio de vigilancia y la empresa podrá realizarse mediante equipos de telefonía móvil o por equipos móviles de radiofrecuencia; cuando se usa el espacio radioeléctrico que utilizan estos últimos equipos debe de estar autorizado por la autoridad competente, conforme a la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de telecomunicaciones.
Por otra parte, la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, establece, en su artículo 30.g), como principio de actuación del personal de seguridad privada: “Reserva profesional sobre los hechos que conozca en el ejercicio de sus funciones”

CONCLUSIONES
Por todo lo anterior, y conforme a la normativa expuesta anteriormente, y según se deduce de la consulta origen de este informe, los vigilantes de seguridad que forman el dispositivo correspondiente cumplen la normativa estando intercomunicados entre ellos y el control de la empresa mediante un servicio de intercomunicación radiofónico.
No se hace constar si en este dispositivo, además de los vigilantes de seguridad, están incluidos otro tipo de colaboradores o auxiliares de la empresa, pero sí se desprende que éstos también están intercomunicados por una malla de comunicación radioeléctrica.
Todos ellos, en el desarrollo de sus funciones, pueden formar parte de ese dispositivo, si bien, los vigilantes de seguridad deberán de tener ese especial cuidado que les exige la Ley de Seguridad Privada en el momento que utilicen información sensible respecto a identificaciones de personas particulares y utilización de claves o consignas solo conocidas entre ellos y la empresa, sin que se entienda que la simple utilización de un mismo canal de comunicación durante la prestación del servicio constituya, por sí sola, una vulneración del principio de actuación de reserva profesional.

Integración en plantilla del Director de Seguridad

Consulta realizada por un director de seguridad sobre el contenido del artículo 38.5 de la Ley de Seguridad Privada, y concretamente, sobre el concepto "integrados en las plantillas", forma obligada en que desarrollaran sus funciones los Directores de Seguridad de los establecimientos obligados y de las empresas de seguridad.

CONSIDERACIONES
El artículo 38.5 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada hace referencia a la figura del director de seguridad, y establece que:
"Los directores de seguridad de las empresas de seguridad privada y de las entidades obligadas a disponer de esta figura, conforme a lo dispuesto en el artículo 36, desempeñarán sus funciones integrados en las plantillas de dichas empresas".
Para responder las cuestiones planteadas, debemos considerar las conclusiones del informe nº 098/2014, emitido por esta Unidad Central, que dice:
"Por lo tanto, los directores de seguridad de las empresas de seguridad habrán de estar integrados en las plantillas de dichas empresas. Igualmente deberá producirse la integración en la plantilla de los usuarios de seguridad en aquellos supuestos en que así se acuerde por decisión gubernativa, en atención a las medidas de seguridad y al grado de concentración del riesgo, o así lo prevea una disposición especial.
En aquellos establecimientos obligados a disponer de determinadas medidas de seguridad organizativa, como serían la creación, existencia y funcionamiento del departamento de seguridad, se habrá de esperar a lo que dispongan las normas de desarrollo de la presente ley y se determine cuales serán, pero los bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito ya están obligados a disponer de departamento de seguridad en el actual Reglamento de Seguridad Privada (artículo 115), y por lo tanto, ya tienen la obligación de que el director de seguridad se encuentre integrado en la plantilla."

CONCLUSIONES
De todo ello, respecto a las cuestiones planteadas y en cumplimiento de la legislación vigente, debemos entender:
Conforme establece la Ley de Seguridad Privada en su artículo 38.5:
"Los directores de seguridad de las empresas de seguridad privada y de las entidades obligadas a disponer de esta figura, (…) desempeñarán sus funciones integrados en las plantillas de dichas empresas".
La literalidad de este articulo no aclara como ha de ser el tipo de vinculo existente entre ambas partes, por lo que hay que entender como posible cualquier forma admitida en Derecho que conlleve la integración del Director en la plantilla de la empresa, entre las que se encuentra la relación laboral como trabajador/empleado por cuenta de la empresa.
La exigencia de "integración en la plantilla" lo es respecto al "desempeño de sus funciones", único aspecto objeto de regulación en el artículo de referencia, sin que quepa ampliar sus efectos, necesariamente, a otras áreas del ordenamiento jurídico, como pueda ser la contractual, laboral o de Seguridad Social u otras posibles, ámbitos todos estos sobre los que dicho artículo nada predica.
La acreditación de dicha integración, de ser necesaria en algún caso de control, podrá realizarse mediante cualquier forma admitida en Derecho, sin que el alta en la Seguridad Social o el informe de vida laboral (dos de las posibles formulas admisibles de acreditación), excluyan, en ningún caso, cualquiera otra que también pueda resultar valida, ya que ni la Ley de Seguridad Privada, ni el resto de normativa de seguridad privada vigente, determinan una única forma de integración o una sola manera de acreditación.
En relación a los delegados del Director de Seguridad, el articulo de la Ley de Seguridad Privada sometido a consideración, solo hace referencia a la figura del Director, no a sus posibles delegados, por lo que no cabe extender, sin más, la misma obligación de integración de unos a otros, máxime cuando la propia Ley de Seguridad Privada, en su artículo 36.5, deriva al desarrollo reglamentario la delegación del ejercicio de funciones por parte del Director de Seguridad.
En este sentido, el artículo 18.3 de la Orden INT/318/2011, dispone, respecto a este asunto, que deberán desempeñar sus funciones "integrados en su departamento de seguridad", cuestión ésta que conduce al distinto tratamiento reglamentario que tienen los departamentos obligatorios y los facultativos.
El artículo 95.2 del vigente Reglamento de Seguridad Privada, solo exige que el Director de Seguridad sea "designado" por la entidad, empresa o grupo empresarial. En base a esta redacción, la Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, ya en informe del 12 de febrero de 2009, concluyó que resultaba admisible la posibilidad de externalización de la figura del Director de Seguridad, así como del departamento, al entender que la norma no exigía, necesariamente, una vinculación contractual directa entre el Director y la entidad, sino que tal vinculo podía ser sometido a negociación contractual, pacto o acuerdo entre las partes.
Es por ello que, mientras el nuevo desarrollo reglamentario no modifique la redacción actual, no resultara determinante, a efectos de seguridad privada, el hecho de quien resulta ser el pagador de la nomina, máxime si de departamento facultativo se tratase, sino si existe o no departamento (en caso de los obligatorios), o si las funciones se desempeñan, o no, integrado en la plantilla, tal como dispone el artículo 38.5 de la Ley de Seguridad Privada, entendido de conformidad con lo dicho anteriormente.

Revista News ADSI Flash nº 419


Formulario para cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo


Varios intentos de falso secuestro virtual, uno en Avilés, ponen en alerta a la Policía

Como en la ola de estafas registrada el año pasado, las llamadas proceden de Chile Los delincuentes exigen ahora el pago en mano.
Vuelven los falsos secuestros virtuales, en los que los delincuentes simulan tener retenido a un familiar y exigen el inmediato desembolso de una cantidad de dinero, tras anular la capacidad de reacción de la víctima. En los últimos días se han producido algunos casos en Asturias, uno de ellos en la comarca avilesina, lo que ha puesto en alerta a la Policía. Como en la ola de estafas de este tipo de principios del año pasado, con al menos dos casos en Oviedo, las llamadas se realizan desde teléfonos con el prefijo 0056, correspondiente a Chile, o desde números secretos.
Fuentes policiales indican que las últimas estafas en Asturias no se han consumado y señalan que se están realizando gestiones con las fuerzas de seguridad chilenas para dar con los autores.
Esta nueva oleada de llamadas sigue el mismo patrón que la detectada el año pasado, cuando la Policía localizó a los presuntos autores en Santiago de Chile, en una operación de la unidad central de Policía judicial con las autoridades chilenas. El cabecilla de la red actuaba desde prisión.
Los falsos secuestradores intentan desde el primer momento intimidar a la víctima para que, presa del pánico, les facilite más información sobre el supuesto familiar secuestrado, lo que termina haciendo más creíble la situación. Los estafadores utilizan a una persona que hace las veces de secuestrado y grita frases del tipo: “Mamá, estoy secuestrado” o “me quieren matar”. Si la persona al otro lado del teléfono tiene un familiar de similares características, termina aferrado al teléfono, sin poder colgar para comprobar si ese familiar está realmente secuestrado. Los estafadores exigen entonces el pago del rescate, entre 1.000 y 10.000 euros.

Llamadas indiscriminadas
Estos delincuentes realizan llamadas indiscriminadas, preferiblemente a teléfonos fijos. Los investigadores apuntan a que cuando una llamada les produce resultados positivos, continúan telefoneando a los números sucesivos. Esto explica que numerosas víctimas se concentren en los mismos barrios o localidades. En otras ocasiones han accedido a detalles de las posibles víctimas a través de perfiles de las redes sociales.
Para dar mayor credibilidad a las amenazas, los delincuentes, con marcado acento sudamericano, recurren a efectos sonoros para aterrorizar a los interlocutores. De esta forma conducen a sus víctimas a un bloqueo tal que les impide comprobar la veracidad de la amenaza y la localización de los supuestos rehenes, no avisan a la Policía y pagan cuanto antes. En este nuevo repunte de llamadas, los delincuentes han dejado el sistema de cobro por medio de depósitos a través de compañías internacionales para pasar a las entregas en mano. Hacen creer a las víctimas que están vigiladas. Esta forma de cobro exige de la presencia de cómplices en Asturias.

Manifiesto de la USO 28J, ‘un día por la diversidad’.

Un año más, desde USO celebramos el 28 de junio, día del Orgullo LGTB, día que rememora los disturbios de Stonewall en 1969 en Nueva York, en el que un grupo de personas LGTB se manifestaron y protestaron por una redada policial en el citado pub, contra este colectivo. De manera tradicional, este día se ha llamado día del Orgullo gay, denominación incorrecta en la actualidad, pues la reivindicación es de todo el colectivo LGTB en todo el mundo.
USO se suma pues, a una defensa de los derechos humanos en este día tan especial, ya que son muchos los países en los que se persigue, condena a prisión, o incluso a muerte, y se asesina a personas, simplemente por su condición sexual, algo deleznable y que no debería tener cabida en pleno Siglo XXI.
Este año, el 28 de junio viene precedido por la masacre de Orlando, donde recordemos, fueron asesinadas 49 personas, en su mayoría hombres de origen latino, el motivo de su asesinato, la homofobia. Una vez más, desde USO, mandamos nuestras condolencias a las familias y personas cercanas de las víctimas así como a los supervivientes de tan crueles asesinatos y en general al pueblo estadounidense y al colectivo LGTB mundial.
En el caso de nuestro país, no podemos dejar pasar este día sin tener en cuenta el aumento de la homofobia en las principales ciudades del Estado. Desde que empezamos 2016, varios han sido los delitos de odio que ha habido contra el colectivo LGTB en diferentes ciudades y USO, condena, una vez más, dichos ataques y seguimos animando a las víctimas a que denuncien ese tipo de delitos ante la Policía o Guardia Civil.
En materia laboral, queremos denunciar los ataques que sufren a diario miles de trabajadores y trabajadoras en sus puestos de trabajo por su condición sexual y cómo, en algunos casos, se les niega acceder a un puesto de trabajo, simplemente por ser gay, lesbiana, transexual o bisexual. Como sindicato, desde USO queremos recordar que ninguna persona podrá ser excluida de un proceso de selección por su orientación o condición sexual tal y como lo recoge el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores. Y que, igualmente, la Constitución Española, en su artículo 14, recoge la igualdad todos los españoles y españolas ante la ley,  sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Algunas cosas se han hecho bien desde las instituciones públicas y es algo que debemos poner de manifiesto, para que otras instituciones sigan su ejemplo y juntos y juntas sigamos construyendo una sociedad en igualdad y libre de discriminaciones, como es el caso de la llamada ley trans que recientemente se aprobó en la Asamblea de Madrid, aún así, todavía quedan muchas cosas por hacer, como es el caso de un pacto estatal por el VIH.
Para finalizar, desde USO queremos animar a la participación de los diferentes actos que a lo largo de la semana se celebran en todo el Estado con motivo de la reivindicación del colectivo LGTB y llamamos a la participación el próximo sábado 2 de julio en la manifestación estatal que recorrerá Madrid con el lema “Leyes por la igualdad real ya. Año de la visibilidad bisexual en la diversidad”.
Porque los derechos del colectivo LGTB, también son tuyos y porque todos y todas somos trabajadores y trabajadoras, reivindica y defiende tus derechos, no solo esta semana de reivindicación LGTB, sino a lo largo de todo el año.

Secretaría Confederal de Acción Sindical e Igualdad

Primark ya ostenta dos récords en España, pero uno no es un motivo de alegría

La tienda de Gran Vía es el segundo el de segundo establecimiento mundial por facturación de la cadena irlandesa, pero también el que más robos registra en el distrito centro.
Primark cumple diez años en España ostentando un récord pasmoso: ya es la primera cadena del país por número de compradores (9,53 millones), seguida de Zara (8,86 millones) y H&M (6,78 millones), y cuota de volumen (8,5% de todas las prendas de vestir vendidas). Y su punto de venta en la Gran Vía madrileña, inaugurado el pasado octubre, se ha ganado otros dos títulos: por un lado, el de segundo establecimiento mundial por facturación de la cadena irlandesa; y, por otro, el que más hurtos registra en el distrito de Centro de la capital española.
Este último dato fue revelado a ABC por fuentes policiales. Piénselo un momento. Los productos no incorporan alarma, solo hay un guardia de seguridad en cada una de las cinco plantas (sin tomar en consideración aquellos que vigilan las cámaras) y la salida es tan diáfana que, entre los maniquíes, el gentío y los tres tramos de escaleras mecánicas, uno no sabe si sale o si entra. Y en ese instante de confusión transitoria, nada pita.
Difícil, precisamente, no resulta mangar en Primark. Dicen que las alarmas son más caras que las prendas, que por eso no merece la pena colocarlas y que así se facilitan las cosas al eventual choricillo. ¿Tretas? Las hay todas. Pero mejor no dar ideas. Eso sí, al que pillan no se le olvida. “Es humillante que te retengan en Primark, pero no por haber robado, sino por haber robado en Primark”, afirmó recientemente Salvador Sostres en Herrera en Cope sobre una joven capturada tras atentar contra el séptimo. Porque parece que cometer un hurto en Primark no solo está mal, sino que además, y esto es peor, es cutre.
“Es triste de pedir, pero más triste es robar”, le dijeron en el metro. El problema viene cuando ni se mendiga ni se birla por necesidad, sino por capricho. El referido artículo de ABC hace alusión a foros de internet y grupos de whatsapp donde la gente contacta y queda para chorizar en Primark. Los bajos precios, y por ende, el bajo valor que se atribuye a sus productos, reforzado por el sentimiento de impunidad, provoca en ocasiones que mangar sea considerado una actividad tan lúdica como jugar al pádel.
Es posible que usted se esté planteando si la oleada de hurtos ha dañado de algún modo a Primark. No solo porque durante su último ejercicio las ventas en nuestro país se incrementaron un 20%, sino porque Modaes ha publicado el compromiso de Associated British Foods de invertir 50 millones de euros más en España, que se materializarán en nuevas aperturas en Palma de Mallorca, Tarragona, Bilbao y Valencia a lo largo del año.
En cualquier caso, los ladronzuelos de Primark son de su incumbencia. El mencionado texto de ABC señala que en la comisaría de la calle Leganitos son denunciados unos 270 hurtos o robos al mes solo en el establecimiento de Gran Vía. De esta cifra, dos centenares corresponderían a sustracciones de productos a la venta. El resto, a la acción de los carteristas, que hacen su agosto entre los clientes aturdidos. Y nada de disculpar a los primeros y cargar contra los segundos. La acción, en su doble manifestación, es igualmente sancionable y cutre. Idéntico es el delito, y también la solución: medios públicos destinados a aplacar el déficit de seguridad privada de la mastodóntica tienda. Mangue a unos o a otros, Primark somos todos.

Choca con el vehículo de empresa y se autolesiona para simular un robo por miedo a perder el empleo

 El hombre también denunció el intento de robo del coche con el que trabajaba en el Parque Tecnológico de Fuerteventura para disfrazar los daños ocasionados en el mismo
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Puerto del Rosario (Fuerteventura) a P.G.E., de 24 años y sin antecedentes policiales, como presunto autor de una simulación de delito, según informa la Jefatura Superior de Policía de Canarias.
De esta manera, chocó contra la acera tras conducir el vehículo de empresa de forma imprudente, tras lo que se autolesionó y denunció el intento de robo del coche con el que trabajaba para disfrazar los daños ocasionados en el mismo.
Fue el propio individuo en que relató a los agentes que dos individuos habían tratado de sustraer el vehículo con el que trabajaba en el Parque Tecnológico de Fuerteventura.
Asimismo, narró con todo lujo de detalles cómo dos individuos encapuchados le golpearon y le cortaron con un arma blanca para sustraer el coche. Tras hacerse con él, ambos emprendieron la huída colisionando pocos metros después, por lo que prosiguieron a la carrera.
La investigación policial determinó que no se había cometido ningún tipo de hecho delictivo, sino que en realidad, el empleado del parque condujo de forma imprudente hasta colisionar con una acera, provocando serios daños en el coche.

Miedo a perder el trabajo 
En este sentido, por miedo a perder el trabajo, se autolesionó haciéndose varios cortes en el antebrazo y denunció el intento de robo del vehículo. Finalmente, reconoció los hechos ante los agentes policiales.
Por último, instruido el correspondiente atestado policial, fue remitido a la Autoridad Judicial competente.

27 de junio de 2016

Los escoltas anti-ETA piden proteger ahora a las víctimas de violencia de género

El final de ETA se llevó por delante el trabajo de miles de escoltas que durante los años de plomo protegieron a políticos, magistrados, periodistas y ciudadanos amenazados por la banda terrorista. Ahora reivindican su trabajo y reclaman que se les recoloque protegiendo a las víctimas de violencia de género.
Manuel Jiménez tiene 43 años y durante ocho fue escolta en el País Vasco, encargado de proteger la vida de cargos públicos que estaban en el punto de mira de ETA. Desde 2011, cuando la banda terrorista anunció el cese definitivo de la violencia, está en el paro y viviendo, según él mismo cuenta, “de la caridad de mis padres y mis suegros”. Ahora es el portavoz de los escoltas de la Asociación Marea Negra por la Seguridad Privada, que reivindica la recolocación de quienes perdieron su puesto de trabajo en tareas de protección a víctimas de violencia de género, algo en lo que ya trabajan desde el año 2004 un centenar de guardaespaldas en Euskadi.
“Con el fin de la violencia vinieron los ERE salvajes de la empresas de seguridad y muchos nos quedamos en la calle después de años dedicando muchas horas del día a la protección de cargos públicos –cuenta Manuel Jiménez-. El Ministerio del Interior nos prometió en el año 2012 recolocarnos en la vigilancia exterior de las prisiones, que el departamento iba a privatizar, pero a la hora de la verdad es que en esta tarea trabaja un colectivo muy pequeño”.
El fin de la violencia de ETA en 2011 supuso el despido de la mayoría de los 3.500 escoltas que prestaban protección en el País Vasco
Gema Ruiz, presidente de la Asociación las Sombras Olvidadas de Euskadi y Navarra, con apenas un centenar de afiliados, está también en paro tras once años en labores de protección en el País Vasco. “Las promesas de recolocación en la vigilancia exterior de las prisiones quedó en nada y da trabajo, como mucho, a entre un 9 y un 10% de los escoltas que trabajábamos en el Norte durante los años más difíciles, unos 3.500. En total serán unos 350 vigilantes, mientras el resto se encuentra en una situación dramática, sin trabajo y sin ningún tipo de ayudas sociales”.
Vicente de la Cruz, presidente de la Asociación Española de Escoltas, que dice contar con 2.500 asociados, prácticamente el 100% de la profesión, y que también trabajó como escolta en el País Vasco desde 1988, explica que “lo que ocurrió es que las empresas que dejaron de facturar muchos millones de euros cuando se acabó ETA reclamaron a la administración que se las compensaran, y se las benefició dándoles la protección exterior de las cárceles, pero se benefició a las empresas, no a los escoltas, muchos de los cuales, además, no queríamos ese trabajo porque no somos vigilantes”.
 “La gente piensa que nos forramos siendo escoltas de amenazados por ETA –dice José Luis Corpas, de la Asociación Las Sombras Olvidadas- pero la verdad es que cobrábamos seis euros por hora de trabajo con jornadas de 13 y 14 horas”. “Había días –dice Gema Ruiz- que salías de casa antes de las seis de la mañana y regresabas a la una de la madrugada del día siguiente. Primero nos pagaron por horas y cuando no les interesó nos dieron una cantidad fija, tres mil euros al mes. Yo tengo ahora 49 años y por mi edad no me quiere nadie. La situación es desesperante”.
El País Vasco es pionero en un servicio de protección amenazadas por violencia de género en el que ya trabajan antiguos escoltas anti ETA
La salida que ven ahora a su actual situación es que el Gobierno decida invertir en la protección a mujeres víctimas de violencia de género, como ya ocurre en el País Vasco desde el año 2004. “Desde 2011 venimos hablando con distintas administraciones públicas sobre nuestra situación y proponiendo que se implante un sistema de protección a mujeres amenazadas como ya existe en el País vasco –dice José Luis Corpas -. Igual que se gastaron millones en protección de políticos, que lo hagan ahora en aquellos casos en los que existe un riesgo real de agresión para las mujeres amenazadas”.  “Pedimos que lo que se está haciendo en el País Vasco se traslade al resto del país –señala Manuel Jiménez-. Que se haga un plan de choque y que el Estado pague el 50% y las comunidades el otro 50%. Esta es la solución que les hemos planteado a todos los partidos y al ministro del Interior”.  
“El País Vasco tiene transferidas las competencias de seguridad –puntualiza Vicente de la Cruz- y aunque hemos intentado que el modelo se extienda, la verdad es que jurídicamente no tiene encaje. La gente que estaba en el País Vasco en la época dura de ETA tiene ahora entre 45 y 50 años y no son el perfil que demanda la profesión, esa es la realidad. No se ha hecho un reconocimiento adecuado del papel de los escoltas en el País Vasco y la realidad es que no se ha hecho nada respecto a su reinserción laboral. Lo que hay que pedir al Ministerio del Interior es que se coordine con Trabajo, vía INEM, con procesos de formación para esta gente, y que mientras los llevan a cabo se les pague un sueldo”. De la Cruz asegura que muchos de los que perdieron su trabajo se han reubicado en otros sectores, y que es el grupo que no ha encontrado acomodo el que necesita que se le ofrezcan salidas profesionales a su situación.

Detenido por agredir al vigilante de un supermercado de Gijón para robar un brick de vino

La Policía ha arrestado también a un joven de 23 años por distribuir papelinas de ketamina y hachís en un local de la calle Corrida
a Policía Nacional ha detenido en Gijón a un joven de 19 años, vecino de Las Palmas de Gran Canaria, que agredió al vigilante de seguridad de un supermercado para apropiarse de un brick de vino.
El vigilante observó como esta persona, conocida por realizar hurtos en el supermercado de forma habitual, intentó pasar por línea de cajas sin abonar el producto por lo que le dio el alto para evitar que huyera, ha informado este Cuerpo. En ese momento, el joven le golpeó en la cara y le dio una patada y también se enfrentó a los agentes que llegaron al lugar a quienes insultó y acometió, por lo que fue detenido como presunto autor de un robo con violencia y atentado contra agente de la autoridad. El arrestado tenía antecedentes por malos tratos y resistencia y desobediencia.
Por otro lado, la Policía ha detenido a un joven de 23 años por distribuir papelinas de ketamina y hachís en un local de la calle Corrida. En el momento de su detención, manifestó que esa droga era para compartirla con amigos y conocidos y no para venderla. Igualmente, se le intervinieron siete papelinas de estas sustancias y fue detenido por un delito contra la salud pública.
En los controles llevados a cabo para la prevención de hurtos y altercados, los agentes localizaron a un hombre de 45 años que tenía vigentes tres órdenes de detención de Juzgados de Instrucción de Gijón por hurto, apropiación indebida y usurpación, por lo que fue arrestado.

La Fiscalía solicita el archivo de la denuncia de Alba contra Ramírez

José Antonio Díez ha solicitado el archivo y sobreseimiento de la denuncia presentada por el juez Salvador Alba contra el empresario Miguel Ángel Ramírez
El fiscal de Delitos Tecnológicos José Antonio Díez ha solicitado el archivo y sobreseimiento de la denuncia presentada por el juez Salvador Alba contra el empresario Miguel Ángel Ramírez por la grabación de una conversación entre ambos, han informado a Efe fuentes del caso.
La denuncia la investiga el Juzgado número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo titular, Rafael Passaro, ha aplazado la declaración prevista para hoy de Alba, así como la del empresario y su abogado Sergio Armario, denunciados por el magistrado por supuestas coacciones y revelación de secretos, entre otros delitos, han señalado las fuentes.
Passaro ha decidido aplazar estas declaraciones a petición de Alba, ante la imposibilidad de que hoy pudiera asistirle su abogado, Nicolás González Cuellar, así como porque ha dispuesto demorarla hasta conocer el resultado de la prueba pericial que efectúa la Guardia Civil sobre la grabación aportada por Ramírez, que fue solicitada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
La magistrada de lo Civil y Penal del TSJC, Margarita Varona, pidió esa pericial en la investigación penal que sigue contra Salvador Alba porque de su contenido podría desprenderse que el juez orientó a Ramírez sobre lo que tenía que declarar en una causa por fraude fiscal en la que está imputado para perjudicar a la magistrada Victoria Rosell, a cambio de supuestos beneficios procesales para él.
El magistrado de Instrucción número 2 ha reclamado por ello esta prueba para aportarla a su causa, que las defensas del empresario Miguel Ángel Ramírez y Sergio Armario, también han reclamado que se archive, según las fuentes.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Las Palmas de Gran Canaria se ocupa de la denuncia que Alba formuló contra Ramírez y el letrado Sergio Armario, a raíz de que el empresario entregara al Juzgado de Instrucción número 8 la grabación de su conversación con el magistrado.
Alba entonces presentó su denuncia en el juzgado de guardia y, por turno de reparto, le correspondió al número 2.
Tras comparecer hoy Alba ante Passaro, lo han hecho Miguel Ángel Ramírez, quien ha declinado hacer declaraciones a los periodistas, si bien ha afirmado no estar preocupado por la denuncia porque "no tienen ningún problema", y posteriormente lo ha hecho Sergio Armario. No obstante, en todos los casos, el juez les ha comunicado que sus declaraciones quedan aplazadas.
El empresario y presidente de Seguridad Integral Canaria ha entrado hoy por la puerta principal de los juzgados y pasado los controles de seguridad como cualquier otro ciudadano, ya que en una comparecencia judicial anterior en el mes de marzo, lo hizo por el garaje, lo que suscitó algunas críticas sindicales.
Miguel Ángel Ramírez está siendo investigado por el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria acusado de haber defraudado varios millones de euros a Hacienda y la Seguridad Social, al declarar las horas extraordinarias que realizaban los empleados de Seguridad Integral Canaria sistemáticamente como si fueran dietas, que no tributan.
De ese procedimiento se han derivado dos causas penales contra dos de los jueces que lo han dirigido: una querella por prevaricación, cohecho y retardo malicioso presentada por el exministro José Manuel Soria contra la magistrada Victoria Rosell, y la investigación contra Alba por prevaricación y negociaciones prohibidas a funcionarios, y ambos casos los instruye el TSJC.

Suspendidas las declaraciones de Alba y Ramírez

Han sido aplazadas sin fecha a petición de Salvador Alba, ante la imposibilidad de que este lunes pudiera asistirle su abogado
El Juzgado número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha suspendido las declaraciones que tenían previsto prestar este lunes el juez Salvador Alba y el empresario Miguel Ángel Ramírez por la denuncia que el primero interpuso contra el segundo por la grabación de una conversación entre ambos.
Las declaraciones han sido aplazadas sin fecha a petición de Salvador Alba, ante la imposibilidad de que este lunes pudiera asistirle en su comparecencia ante el juzgado su abogado, Nicolás González Cuéllar, según han informado fuentes judiciales.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Las Palmas de Gran Canaria se ocupa en este caso de la denuncia que Alba formuló contra Ramírez y el letrado Sergio Armario a raíz de la difusión de la grabación de una conversación que mantuvo con el empresario.
Esa grabación ha dado pie a que abra una causa penal contra Salvador Alba ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, porque de su contenido podría desprenderse que el juez orientó a Ramírez sobre lo que tenía que declarar en una causa por fraude fiscal en la que está imputado para perjudicar a la magistrada Victoria Rosell, a cambio de supuestos beneficios procesales para él.

Pegada carteles en Fuerteventura ‘EMPRESAS PIRATA’

Englobada dentro de la campaña que la Federación  de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USO) emprendida ante los clientes y en contra de las EMPRESAS PIRATA (ATLANTISEGUR, SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, SH SEGURIDAD) que campan a sus anchas en nuestro sector, se procedió a empapelar centros de trabajo en la isla de Fuerteventura.





25 de junio de 2016

Un vigilante de ILUNION Seguridad distinguido por el Ministerio del Interior en Málaga

El Ministerio del Interior ha distinguido a un vigilante de ILUNION Seguridad con una mención honorífica tipo B durante la XI edición del Día de la Seguridad Privada en Málaga, en un acto que tuvo lugar el pasado 23 de junio en el Parador Golf de la capital malagueña, y en el que estuvieron presentes más de 400 personas.
El vigilante de ILUNION Francisco Javier González Rodríguez ha recibido esta mención de tipo B como reconocimiento a su colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en relación a la transmisión de información para la lucha contra el contrabando de tabaco.
Este reconocimiento, según establece la Orden Ministerial 318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, se otorga por haber evitado la comisión de delitos o por actuaciones humanitarias con motivos de accidentes, siniestros o catástrofes, que superen el estricto cumplimiento de sus deberes. 

Piden 7 años de cárcel por intentar apuñalar al portero de una discoteca en Salou

También serán juzgados dos amigos acusados de haber participado en el altercado, ocurrido en Nochevieja de 2015
Un hombre acusado de intentar apuñalar al portero de una discoteca de Salou –le salvó el chaleco de protección personal que llevaba– se enfrenta a siete años de prisión. En el altercado, ocurrido en enero del año pasado, intervinieron otros dos ciudadanos colombianos, que también serán juzgados en el mismo juicio, que tendrá lugar el próximo 20 de julio en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona. Los tres fueron expulsados del interior del establecimiento después de una reyerta e intentaron volver a entrar, acometiendo contra el vigilante y también contra algunos clientes, según sostiene el Ministerio Público.
Los hechos se remontan a las seis de la mañana del 1 de enero del año pasado en la discoteca Saint Germain, situada en la Plaça de la Província de Salou. Los implicados en los hechos son Christian Camilo R.B., y los hermanos Marlon Andrés y Brayan M.O. –éste penúltimo en prisión preventiva–. Los tres, tras una discusión que se produjo en el interior del local, fueron expulsados por el personal de seguridad.
A continuación, Christian se aproximó a un parque situado en las inmediaciones para coger un cuchillo de unos 20 centímetros de longitud, que habían escondido previamente entre los matorrales. Regresaron al lugar con una «actitud agresiva», gritando expresiones tales como «a por ellos, os vais a enterar, sal que te rajo».
Al llegar a la puerta del establecimiento, Christian entregó el cuchillo a Marlon, «quien con intención de causar la muerte y con conocimiento de que podía causarla», clavó en repetidas ocasiones el cuchillo en la espalda de un vigilante de seguridad, quien trataba de entrar en el interior del establecimiento para refugiarse de la agresión iniciada por los tres acusados. No obstante, resultó ileso al impactar el cuchillo en la placa metálica del chaleco de protección personal que llevaba puesto, resultando dañado éste.
Simultáneamente, Christian lanzaba vasos y botellas sobre la puerta del establecimiento y Brayan se enrolló un cinturón con hebilla en el puño con la intención de agredir a los clientes del establecimiento, quienes corrían despavoridos en todas las direcciones, sostiene el fiscal.
Los tres acusados trataban de entrar por la fuerza en el local lanzado vasos y botellas hacia el interior y, a consecuencia, causando desperfectos en un cristal de una ventana y una puerta. Asimismo, Marlon, con el conocimiento de que el vigilante de seguridad se encontraba tras la puerta de acceso, lanzó cuchilladas, que impactaron en la puerta de acceso del local.
En el escrito de acusación, Marlon y Christian se enfrentan a cinco años de prisión por un delito de tentativa de homicidio, dos años más por desórdenes públicos y el pago de una multa de 900 euros por un delito de daños. De estos dos últimos delitos también está acusado Brayan, para el que se solicita la misma pena. En concepto de responsabilidad civil tendrá que indemnizar al responsable de la discoteca con 665,50 y con 231,25 euros por el chaleco de seguridad.

A la fuga
Según informaron los Mossos d’Esquadra en su día, tras la agresión los tres individuos huyeron del lugar. Gracias al reconocimiento fotográfico se pudo identificar a los sospechosos.
El mismo día, la Policía Autonómica recibió el aviso de un altercado en al estación de tren de Tarragona, donde un individuo se encontraba muy alterado. Los agentes comprobaron que era el mismo que había participado en los hechos de Salou –concretamente, el que había cogido el cuchillo–. Cuatro días después fueron detenidos los dos hermanos –más otro por tratar de impedir el arresto–. Tiene entre 20 y 24 años y residen en Salou y Cambrils.

Ramsee, un robot diseñado para ser vigilante de seguridad

La evolución en el ámbito de la robótica que hemos experimentado en los últimos años ha hecho saltar las alarmas para buena parte de los trabajadores.
En la actualidad hay robots que están capacitados para llevar a cabo infinidad de actividades que les permiten ejercer diferentes profesiones de una manera más eficiente que los operarios humanos. Tanto es así que un reciente estudio de la Universidad de Rice en Houston vaticina que para el año 2045 la mitad de los empleos los desempeñarán los androides.
Ahora son los vigilantes de seguridad los que tienen que preocuparse por la competencia de los robots. Gamma 2 Robotics, una compañía con sede en Colorado (Estados Unidos), ha desarrollado un androide especialmente diseñado para patrullar en diferentes espacios.
Se trata de un sistema completo y autónomo preparado para efectuar cualquier tipo de vigilancia. La máquina está equipada con ruedas y un motor para desplazarse sin dificultad sobre cualquier superficie.
Cuenta con una cámara integrada que tiene visión infrarroja y puede grabar vídeo en 360 grados. Dispone de conexión a internet para poder enviar las imágenes en tiempo real, así como notificaciones y alertas. con diversos sensores que le permiten detectar el movimiento, el calor, el fuego, el humo o el gas, entre otros ejemplos. 

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"Ramsee va a cambiar el mundo de la seguridad, ya que nunca descansa y su coste es mucho inferior al de otros servicios de seguridad", asegura en un comunicado Lew Pincus, CEO de Gamma 2 Robotics. 
No obstante, el fabricante no pretende que este robot sustituya a los vigilantes de seguridad, sino que piensa que es el compañero perfecto para los humanos. "Es ideal para las patrullas aburridas, sucias y peligrosas durante la noche que nadie quiere hacer", explica Pincus. 

Francisco Salas, vigilante de seguridad de Costa Ballena, recibe una mención honorífica

El pasado día 16 de junio se celebró en Cádiz el Día Provincial de la Seguridad Privada. En dicho acto, la Subdelegación de Gobierno entregó una mención honorífica a D. Francisco José Salas Rizo, vigilante de seguridad del servicio de Costa Ballena-Rota, por su valiosa colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en su labor profesional.
La entrega de diplomas se llevó a cabo en un acto institucional que estuvo presidido por el subdelegado del Gobierno en Cádiz, D. Javier de Torre, a los agentes de seguridad privada previamente nominados por el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil.
El Día Provincial de la Seguridad Privada estuvo presentado por el secretario general de la Subdelegación, D. David Fernández, e intervinieron el coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Cádiz, D. Alfonso Rodríguez Castillo (representando las comandancias de la Benemérita de Cádiz y Algeciras) y el comisario jefe provincial del Cuerpo Nacional de Policía, D. Antonio Ramírez.
Este acto se realiza con el objetivo de reconocer y agradecer públicamente el trabajo de los vigilantes, valorando la labor de colaboración indispensable que realizan con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El contacto permanente entre ellos y el intercambio de información son fundamentales para mejorar los mecanismos públicos de seguridad. Gracias al trabajo y la colaboración del sector de la seguridad privada, según el subdelegado, se ha conseguido en la provincia la tasa de criminalidad más baja de los últimos doce años.
Este no es primer reconocimiento que recibe D. Francisco Salas por parte de las fuerzas de orden público, habiendo ya sido reconocida su labor en diciembre de 2013.
El Consejo Rector de la Entidad Urbanística de Conservación de Costa Ballena hace pública esta distinción dándole la enhorabuena y agradeciéndole su labor y dedicación dentro del equipo de seguridad de la urbanización.

Cuelgan dos cabezas de lobo del Puente Romano de Cangas de Onís

La persecución que están sufriendo estos cánidos en Asturias vive un nuevo capítulo. En mayo ya aparecieron partes de estos animales en Salas y varios cadáveres repartidos por distintas carreteras de la región
Efectivos de la Policía Local de Cangas de Onís retiraron sobre las cuatro de esta madrugada dos cabezas de lobo que aparecieron colgadas en el Puente Romano. Según informa elcomercio.es, las cabezas estaban atadas con cuerdas a ambos lados de la reproducción de la Cruz de la Victoria que cuelga de su arco central.
No es la primera vez que tiene lugar en Asturias un suceso de estas características, pues a finales del mes de mayo apareció apareció la cabeza de uno de estos cánidos colgada de una señal en el cruce que da acceso a la localidad de La Doriga, en el concejo de Salas.
La Asociación de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias (Avispa) calificó este hecho como «execrable» y acusó a la Administración regional de «mirar para otro lado» ante lo que considera «graves atentados al patrimonio natural». Y es que asegura que el Principado juega «a dos bandas», ya que pretende contentar a todas las partes «sin aportar de manera y forma efectivas una verdadera solución adoptando las medidas necesarias, tanto desde el punto de vista científico como en la persecución de oficio de estos hechos tan lamentables»
Semanas antes de este lamentable hecho en Salas ya habían aparecido varios cadáveres de lobos en cunetas de diferentes carreteras de la región sin que de momento las autoridades del Principado hayan logrado detener esta situación.

De bien nacidos es ser agradecidos. ‘GRACIAS’ a Intersindical Canaria

Gracias a Intersindical Canaria que ha tenido un gesto digno de ser mencionado aquí en nuestra web y que tendrá la repercusión que se merece.
Reproducimos primero, la nota emitida por los compañeros del Sindicato Intersindical Canaria y después la nota que ha provocado el apoyo de estos compañeros que han entendido que en esta lucha en contra de las empresas pirata ‘TODOS’ tenemos que aunar fuerzas, si no queremos terminar en nuestro sector de la seguridad privada, trabajando por un trozo de pan y un jergón en las oficinas de la empresa pirata de turno.
O nos mentalizamos todos los sindicatos de que esta no es una lucha o capricho de unos pocos, o TODOS acabaremos trabajando en empresas piratas.
Una pregunta y un dato indiscutible:
¿Cuánta empresa pirata habían hace 10 años y cuantas hay ahora?
Desde la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la Union Sindical Obrera, (FTSP-USO) hemos denunciado en reiteradas ocasiones que son ya más de 20.000 los compañeros que padecen esta lacra de empresas pirata.
¿A que estamos esperando para hacerlas cumplir con la ley o cerrarlas todas?. “Y que después vengan los apesebrados mediáticos untados por estos empresarios sin escrúpulos a decir, que si esto está promovido por tal o cual empresa, o el interés personal de tal o cual sindicalista”.
Que esos empresarios sin escrúpulos se enteren de que cada vez somos más, para luchar en contra de estos empresarios sin escrúpulos y medios pagados, para acallar nuestras voces. Y a continuación les dejamos una muestra, para que se mentalicen de que el trabajo se les acumula.

NOTA DE INTERSINDICAL CANARIA SEGURIDAD PRIVADA GRAN CANARIA.
Intersindical Canaria seguridad privada G.C.
– Desde esta página queremos mostrar todo nuestro apoyo a los compañeros del sindicato USO ante las continuas críticas recibidas desde un periódico digital el cuál se financia con publicidad de las diferentes empresas del Sr . Ramírez.
A groso modo este periódico acusa a los distintos sindicatos de perseguir a la empresa de Ramírez (Seguridad Integral Canaria) con la única finalidad de beneficiar a las empresas en las que trabajan sus delegados sindicales las que siempre según este periódico son de la competencia.
Queremos manifestar que todo esto es rotundamente falso ya que nos consta que el comité de empresa de la provincia de Tenerife fue despedido por realizar su actividad sindical.

(Posteriormente readmitidos tras sentencias judiciales).
A nuestro sindicato también le ocurrió lo mismo hace poco tiempo ya que también sufrimos la represión sindical de las empresas de Ramírez ya que 8 trabajadores (miembros del comité de empresa y del comité de huelga) también fueron despedidos y posteriormente readmitidos tras sentencias judiciales en las que declararon esos despidos nulos por vulnerar la libertad sindical, la libertad de expresión etc.
Hace años pasó lo mismo con el comité de empresa de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Es evidente que lo que dice este diario digital es falso y trata de demonizar cualquier acción de los sindicatos que vayan en perjuicio de su gran patrocinador y su mayor fuente de financiación.
Al parecer el único sindicato bueno es el denominado Independiente de Trabajadores de Seguridad Integral Canaria el cuál es el encargado de firmar descuelgues salariales y convenios de empresa en las que merman sustancialmente la nómina de sus trabajadores.
Por cierto tanto el descuelgue de convenio como el convenio de empresa firmado por este sindicato fueron anulado por el Tribunal Supremo pero como era de esperar eso no interesa publicarlo en este diario. Un saludo a todos estos sindicatos hermanos que luchan por la defensa de los derechos de los trabajadores y no se dejan achantar por este tipo de empresarios los cuales usan todos los medios posibles para desprestigiar su labor sindical.
A CONTINUACIÓN, LA NOTICIA QUE HA PROVOCADO LA SOLIDARIDAD DE LOS COMPAÑEROS DE INTERSINDICAL CANARIA.
AUNQUE PRETENDA FINGIR LO CONTRARIO MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ NO SE LIBRA DE LA JUSTICIA
Nos causa perplejidad que se publique en algún medio de comunicación, noticias sobre las actuaciones judiciales de la Juez Vallejo, cuando aún no se había comunicado a las partes estos autos, dando continuidad a este circo mediático que muchos han calificado como uno de los mayores escándalos de la judicatura en Canarias.
Recordamos que la Juez Vallejo, es la tercera juez que lleva el caso de las supuestas infracotizaciones de la empresa Seguridad Integral Canaria, estando actualmente los dos jueces anteriores, Alba y Rosell, imputados por actuaciones en este caso.
La rebaja de la fianza de 17 millones a 3.2 millones de euros, corresponde según se publica en prensa, atribuyendo estas declaraciones a la Juez Vallejo, es que Seguridad Integral Canaria, está liquidando en la Seguridad Social la cuota que estima defraudada, en concreto 13.784.050. Algo de razón parece que teníamos al denunciar estos hechos.
Con respecto al sobreseimiento del presunto delito contra los derechos contra los trabajadores, comentar que nunca fue ese el objeto de nuestra denuncia, ya que, este delito fue imputado a la empresa y sus administradores, Miguel Ángel Ramírez y Héctor de Armas por la Juez Rosell. En cuanto a pasar la FTSP-USO de acusación particular a acusación popular, entendemos que a estas alturas de la instrucción es ya irrelevante, ya que, nos obliga solamente a concentrar la asistencia letrada en una sola dirección.
Lo más importante de lo publicado en los distintos medios es que la Juez Vallejo, rechaza el sobreseimiento solicitado por la defensa de Seguridad Integral Canaria, por los delitos contra Hacienda relativos a los años 2009 a 2013 y de la Seguridad Social correspondientes a los años 2009 a 2012. Esto viene a ratificar que nuestra denuncia fue presentada con criterios objetivos de defensa de los intereses de los trabajadores del sector, que se han aportado las pruebas necesarias para corroborar estos hechos y que tanto los inspectores de hacienda y seguridad social han ratificado, esclarecido y verificado con mayor amplitud nuestra denuncia.
Con relación a las medidas cautelares de prisión provisional del investigado, solicitadas por este sindicato, en la que la jueza estima que no procede, la FTSP-USO recuerda que estamos hablando de un delincuente con sentencia firme y que más tarde fue indultado por el gobierno de turno.
Sólo esperamos que una vez acabada la fase de instrucción, comience el juicio oral y ahí se determine, en base a las pruebas, la verdad sobre los hechos que se le imputan a la empresa y a los administradores de la misma.

24 de junio de 2016

Últimos eventos, ‘Red Azul’ de la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía.

RED AZUL INTERNACIONAL, ENCUENTRO ESPAÑA-CHILE
El Complejo Policial de Canillas fue el punto de encuentro entre una delegación de Carabineros de Chile y la Unidad Central de Seguridad Privada, dentro del marco Red Azul Internacional. En dicha jornadas se llevó a cabo una puesta en común sobre la Seguridad Privada en ambos países y se abordaron diversos temas de interés como los procedimientos aplicables en materia de Seguridad Privada en España en establecimientos obligados, en infraestructuras estratégicas y en eventos deportivos, entre otros. Asimismo se ha plasmado la eficacia de la colaboración y cooperación de Policía Nacional española y la Seguridad Privada a través del Plan Integral de Colaboración “Red Azul”.
Para finalizar se llevó a cabo una comida de trabajo como colofón a las jornadas y al buen clima de entendimiento mantenido durante dicho encuentro.
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I JORNADAS SOBRE TERRORISMO YIHADISTA EN GRANADA
Se han llevado a cabo en la ciudad de Granada, las II Jornadas de Terrorismo Yihadista, con el fin de concienciar de dicha problemática a todos los actores participantes, y especialmente al personal de seguridad privada.
A dicho acto acudieron más de 400 personas entre representantes sector de seguridad privada , Guardia Civil, Policía Local, Fuerzas Armadas, responsables de diversas asociaciones relacionadas con el sector a nivel nacional y la Universidad de Granada, entre otros.
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El Gobierno de EEUU emite reglas para el uso de drones con fines comerciales

Estarán prohibidos los vuelos nocturnos y por encima de las personas.
El Gobierno de EE.UU. emitió ayer unas normas para el uso de pequeños Drones (aeronaves no tripuladas) con fines comerciales, educativos y científicos, entre otros, como parte de unos requisitos específicos de seguridad y operativos.
Estas directrices, las primeras de alcance nacional, fueron emitidas por la Administración Federal de Aviación (FAA, por sus siglas en inglés) y afectarán a los drones con un peso máximo de 25 kilos.
Entre los requisitos figura que los propietarios de esos drones pasen un examen de conocimientos por escrito y los controles de seguridad a los que se someten los pilotos de aviones tripulados.
Además, estarán prohibidos los vuelos nocturnos y por encima de las personas.
Asimismo, las nuevas normas establecen que las aeronaves no tripuladas deberán estar a una distancia de al menos 8 kilómetros de los aeropuertos y volar siempre a una altitud inferior a los 122 metros. En octubre pasado, la FAA anunció la obligatoriedad de que todos los operadores de drones recreativos se registren para poder identificar a posibles infractores.
Empresas como Google, Amazon y DHL están actualmente en fase de pruebas para el uso de drones en la entrega de productos y la FAA mantiene conversaciones con esas compañías al respecto
De acuerdo con la Casa Blanca, las estimaciones del sector sugieren que, en los próximos diez años, los drones con fines comerciales pueden generar más de 82.000 millones de dólares para la economía de EE.UU. y sustentar hasta 100.000 puestos de trabajo.
A comienzos de 2015, el presidente de EE.UU., Barack Obama, abogó por imponer regulaciones al uso comercial y recreativo de drones, una industria en expansión, después de que uno de esos aparatos se estrellara en los jardines de la Casa Blanca.
Poco después, la FAA divulgó su propuesta inicial sobre las normas emitidas hoy y la Casa Blanca publicó un memorando firmado por el mandatario para asegurar que las agencias gubernamentales que usan estas aeronaves en campos como la agricultura o la seguridad fronteriza, lo hagan con respeto a la privacidad y las libertades civiles.

Delito de acoso

La reforma del Código penal ha introducido como nuevo delito, el delito de acoso, que está castigado con pena de prisión o de multa.
El delito de acoso no existía como tal antes de la Reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015.
El artículo 172 ter del Código Penal tipifica el delito de acoso, también denominado ” delito de stalking“, dentro de los delitos contra la libertad , y en concreto en el Capitulo III “de las coacciones“.

¿ Qué conductas tipifica el delito de acoso ?
El que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:
1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella (EJEMPLO: casos en que el sujeto activo publica un anuncio en Internet ofreciendo algún servicio que provoca que la víctima reciba múltiples llamadas.)
4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.
El nuevo delito de acoso está destinado a ofrecer respuesta a conductas de indudable gravedad que, en muchas ocasiones, no podían ser calificadas como coacciones o amenazas. Se trata de todos aquellos supuestos en los que, sin llegar a producirse necesariamente el anuncio explícito o no de la intención de coartar la libertad de la víctima, (coacciones), se producen conductas reiteradas por medio de las cuales se menoscaba gravemente la libertad y sentimiento de seguridad de la víctima, a la que se somete a persecuciones o vigilancias constantes, llamadas reiteradas u otros actos continuos de hostigamiento.
El bien jurídico protegido aquí es la libertad de obrar, entendida como la capacidad de decidir libremente. Las conductas de “stalking” o delito de acoso,  afectan al proceso de formación de la voluntad de la víctima en tanto que la sensación de temor e intranquilidad o angustia que produce el repetido acechamiento por parte del acosador, le lleva a cambiar sus hábitos, sus horarios, sus lugares de paso, sus números de teléfono, cuentas de correo electrónico e incluso de lugar de residencia y trabajo.
Sólo adquirirán relevancia penal las conductas que limiten la libertad de obrar del sujeto pasivo, sin que el mero sentimiento de temor o molestia sea punible.

¿ Qué pena lleva aparejada el delito de acoso ?
Será castigado con la pena de PRISIÓN de 3 meses a 2 años o MULTA de 6 a 24 meses ( Se le impondrá prisión o multa, una sola de ellas pero no las dos).
Si se trata de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación, se impondrá la pena de PRISIÓN de 6 meses a 2 años (siempore será la pena de prisión, no cabe la multa).
Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, como por ejemplo “aquel que sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos  propios o del cónyuge o conviviente…” , se impondrá una pena de PRISIÓN de uno a 2 años, o trabajos en beneficio de la comunidad de 60 A 120 días días.

¿ Hay que interponer denuncia para perseguir el delito de acoso ?
El art. 172 ter, apartado 4 establece: ” Los hechos descritos en este artículo sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.”
En el caso de que la vícitma sea una de las personas que refiere el art. 173. 2  no será necesaria la denuncia de la persona agraviada para peseguir el delito.

Sentencia de condena por delito de acoso
–  Juzgado de Instrucción nº 3 de Tudela, sentencia 23.03.2016: ” El acusado muestra su conformidad con los hechos y la pena solicitada. En cuanto a los hechos, queda probado que en diferentes fechas a lo largo del mes de Marzo de 2016, a raíz de conocer a la denunciante por la pérdida y recuperación de un perro de su propiedad, comienza a hacer llamadas al teléfono de la misma, mensajes de whatsapp escritos y de audio, le remite fotografías y finalmente comienza a remitirle mensajes de contenido sexual, alterando la normal vida de la denunciante.
Se condena al acusado como autor de un delito de acoso la pena de DE MULTA de 4 meses con una cuota diaria de 4 euros, lo que hace un total de 480 euros, (cuatrocientos ochenta euros), con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
Se impone la prohibición de acercarse a la víctima, a una distancia no inferior a 50 metros, de acercarse al domicilio de la misma y lugares frecuentados por ella conocidos por el condenado, así como comunicarse con ella de cualquier forma o manera, por escrito, por correo postal, verbalmente, por e-mail, correos electrónicos o terceras personas por plazo de 6 meses“.
OBSERVACION: Dependiendo de la condena impuesta por el delito de acoso el plazo de cancelación de antecedentes penales variará en función de la misma.