26 de febrero de 2015

Las discotecas no pueden tener cámaras en los accesos

Una sentencia del TSJC modifica el reglamento de la ley de Espectáculos catalana, cuyo cambio está ahora en estudio
Una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) determina que las cámaras de vigilancia en los accesos a los locales de noche son inconstitucionales, porque afectan a la intimidad de los clientes.
Esta obligación estaba comprendida en el reglamento que desarrolla la ley de Espectáculos catalana del año 2010, actualmente en vigor, y que fue recurrido por la Federación de Locales de Ocio Nocturno (Fecalon) ante la sala de lo contencioso del TSJC. Dicho artículo reza que los locales con aforo a partir de 151 personas (discotecas, bares musicales, sitios donde se desarrollan conciertos...) deben instalar un sistema de grabación "que registre de forma continuada, desde la apertura del local hasta su cierre, cada una de las entradas y salidas del mismo, con los datos del día y la hora. Las imágenes se deben guardar un periodo de tres meses, con pleno respeto a la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal".
Pues bien, el TSJC ha dado la razón en este apartado a los letrados de Fecalon, Fernando Martínez y Jordi Montero, al estimar que las cámaras de vigilancia en los accesos suponen "una clara intromisión en los derechos fundamentales a la imagen y la intimidad" de los usuarios y clientes de los establecimientos, y que esta norma contraviene la Constitución. Es decir, que no hay por qué grabar a quien accede a un determinado local ni conservar a qué hora entró y cuándo salió, ni registrar con quién va.
Asimismo, el TSJC también modifica el reglamento en el sentido de que la forma de aplicar sanciones graves y muy graves debe modificarse y explicitarse desde un inicio cuál ha sido el motivo del expediente.
En cambio, el tribunal mantiene otras disposiciones impugnadas, como que los locales nocturnos deben tener sistemas de control del aforo, limitadores de sonido con registradores y que las discotecas y bares musicales con aforo superior a 150 personas "deben adoptar las medidas adecuadas para prevenir la aglomeración de personas en la vía pública", para lo cual siempre pueden reclamar la ayuda de la policía.
En este momento, el Govern está tratando con el sector del ocio nocturno el anteproyecto de la ley de Espectáculos, cuyo texto anterior fue aprobado por el tripartito.