El entonces director del centro declara en el juicio por la muerte de Jordi Brito que su módulo era el único que tenía sistema antillamas
El juicio oral para conocer quién tiene responsabilidad penal por la muerte del joven Jordi Brito en el centro de menores de La Montañeta está poniendo al descubierto las deficiencias que existían en materia de incendio en el recinto. Ayer salió a relucir que no funcionó la alarma contra incendios del módulo cuatro donde Jordi falleció el 24 de abril de 2007 por asfixia tras quemar el colchón de la habitación donde se hallaba recluido. Precisamente este módulo, el más moderno del recinto, era el único dotado con alarma para detectar humo en aquellos momentos ya que se había rehabilitado en 2006 para albergar a chicos conflictivos, que para más inri habían provocado ya algunos conatos de incendio. Jordi se encontraba recluido en este módulo por un altercado con compañeros.
Cese por avisar a la policía
También se puso de manifiesto ayer en el juicio la irresponsabilidad de los acusados -el entonces jefe de servicio de Medidas Judiciales del Gobierno de Canarias, Juan Carreiro Estévez, y el gerente de Securitas Seguridad España, José Tomás González Sosa-. Ambos no tomaron las medidas oportunas para resolver problemas con el sistema contra incendios, a pesar de tener informes y faxes del director del centro, gestionado por la Fundación Ideo, y del responsable de seguridad; que también pertenecía a dicha entidad. Estos informes explicaban que no sonaba la alarma, incluso a pesar de que la subcontrata de Securitas -Plettac--, encargada de la atención del servicio las 24 horas, la había revisado. Asimismo, indicaban que había "14 extintores sin recargar" y que faltaba material contra incendios y personal de seguridad para controlar a los chicos. Las entidades recibían cada mes un informe de las deficiencias y de aquellas que persistían, además, de avisos puntuales si ocurría algo.
Todo esto se desprendió ayer de las declaraciones del entonces director del centro, del responsable de seguridad y del oficial del mantenimiento, que sigue en el centro, y que, por su delgadez, fue el que traspasó el hueco que abrieron en la puerta gracias a una "pata de cabra" que él mismo llevó al lugar del suceso junto a una radial cuando escuchó el "código negro" por la emisora de aviso a los empleados mientras reparaba una avería en el edificio principal. "Cuando llegué había un segurita que intentaba romper la puerta con un martillo. Cortamos la cerradura y forzamos con la pata de cabra, me puse un equipo de respiración y entré en la habitación con una linterna; no se veía más allá de cinco centímetros por el humo. Al lado de la puerta había llamas -el colchón ardía- y tardé en localizar al joven, que estaba enrollado en una manta cuando lo saqué", relató.
En su opinión, el raíl de la puerta, "que estaba embutido en el suelo se hinchó con el calor", fue lo que provocó el que ésta no se abriera con más facilidad, lo que hubiera permitido atender antes al joven. Curiosamente, el módulo, que se había acondicionado en 2006, aunque la obra no se recepcionó hasta 2012, era el único que tenía este sistema de puertas ya que el resto tenía los raíles sobre el suelo.
La alarma contra incendios no saltó pesé a contar con ella. "El resto de los módulos no era más seguro que éste. No tenían sistema contra incendios, aunque hay cámaras de vigilancia en todos los sitios", añadió el entonces director del centro, presionado por la defensora de González Sosa al preguntarle por qué ingresaba allí a los jóvenes si conocía la "inseguridad" del recinto, ya que él firmó informes indicando que la alarma no funcionaba.
La persona que ejercía de responsable de seguridad no tenía título específico, salvo las nociones de todo guardia de seguridad, declaró que ese día hubo que ir al "módulo central" a por el equipo de protección de incendios y herramientas para abrir la puerta ya que el material que había "era justo" y se guardaba en el edificio principal porque era "donde más jóvenes había".
La fiscal Beatriz Sánchez pide para cada acusado dos años de prisión y la inhabilitación de tres años para el ejercicio de cargos en la Administración y en empresas de seguridad, respectivamente, y el pago de 60.000 euros a la familia.