La Audiencia Provincial ha declarado firme la sentencia del Juzgado nº4 de Lo Penal de Granada, que consideró a los acusados autores de un delito de lesiones
La Audiencia Provincial de Granada dictó sentencia firma el pasado 27 de abril en relación al auto que ya el 30 de julio del pasado año condenó a dos hermanos, vecinos de Salar, como autores de un delito de lesiones hacia J.A.C.C., responsable de la seguridad privada de una sociedad de cazadores de este municipio del Poniente Granadino.
Los hechos en torno a los que ahora se ha dictado sentencia definitiva se remontan al 13 de julio de 2015. Según explica la sentencia, se declara probado que "sobre las 22.35 horas J.A.C.C. circulaba con su moto por el camino de los Barrancos de la localidad de Salar, cuando, a escasos metros del mencionado pueblo, se encontró de frente con el vehículo ocupado por los dos hermanos acusados, quienes, tras cerrarle el paso, se bajaron del mismo y comenzaron a decirle ``Ya te hemos pillado, cabrón, de aquí no te escapas``, golpeándole con un palo al tiempo que le arrancaban la carabina que utilizaba para su trabajo, que partieron en varias partes". Con fecha de 15 de julio de 2015, el juzgado instructor nº 1 de Loja acordó como diligencia urgente la orden de alejamiento de los acusados a no menos de 200 metros del guarda agredido, que trabaja como personal de la Seguridad Privada para un coto de caza de la zona.
El juicio penal se celebró el 27 de julio de 2015 y el 30 del mismo mes el Juzgado nº4 de Lo Penal de Granada condenó a ambos hermanos, por un lado como autores de un delito leve de lesiones a la pena de un mes de multa diaria de tres euros y, por otro, como responsables de un delito de daños a la pena de 6 meses de multa a razón de una cuota diaria de 3 euros. Además mantenía la orden de alejamiento dictaminada por el juzgado de Instrucción de Loja, aunque absolvía por el contrario a los acusados de los delitos de amenazas graves y atentado.
Tras el recurso presentado por los hermanos condenados en primera instancia, ahora es la Audiencia Provincial la que desestima la apelación presentada y dicta sentencia firme, confirmando la condena dictaminada por el juez de Lo Penal, que también obligaba a los hermanos a pagar las costas del juicio, así como a indemnizar al agredido con 210 euros por las lesiones y al presidente de la sociedad de cazadores con algo más de 700 euros, por los daños provocados en la carabina y la camisa del guarda.