La Seguridad Social niega las peticiones para recuperar el dinero indebidamente cobrado, pero los tribunales están avalando que se devuelva.
Las empresas que cotizaron de más por sus trabajadores hasta 2016 preparan una avalancha de demandas para recuperar los ingresos indebidos en la Seguridad Social de los últimos cuatro años, en concreto, desde abril de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2015. Así lo cuentan sus abogados y así lo muestran varias sentencias que han estimado sus reclamaciones, ya que la Seguridad Social las deniega.
Los Presupuestos Generales del Estado de 2016 establecen que "cuando la ocupación desempeñada por el trabajador por cuenta ajena se corresponda con alguna de las enumeradas en el Cuadro II [oficinas, representantes de comercio, personal de oficio en reparaciones en edificios y obras, conductores de transporte de mercancías con capacidad de carga, personal de limpieza y vigilantes de seguridad] el tipo de cotización aplicable será el previsto en dicho cuadro para la ocupación de que se trate", de ser diferente al correspondiente por la actividad principal de la empresa.
Hasta ahora, las empresas elegían la fórmula de cotización y en ocasiones cotizaban de menos por trabajadores con un rango o unas actividades que exigirían mayor aportación. Pero es que con el cambio de criterio algunos sectores, como el de transporte de mercancías, y determinadas empresas han descubierto que cotizaron de más.
En el caso del transporte, estas compañías han pagado a la Seguridad Social un 6,7% de cotización, tres puntos más de lo debido, cuando este tipo sólo es aplicable a las empresas que tienen en sus plantillas a conductores de vehículos pesados, pero cuya actividad principal no es el transporte por carretera. Esto es lo que se deduce de unas recientes sentencias de la Audiencia Nacional que están sirviendo de base para las solicitudes de devolución, trasladan desde Hispajuris.