10 de septiembre de 2012

Dias de fiesta en Canarias durante el 2013


El Consejo de Gobierno ha aprobado, el pasado jueves 7 de septiembre de 2012, el proyecto de Decreto por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, abriéndose el plazo para fijar las fiestas locales.
De esta manera, se establecen once festivos comunes para todo el archipiélago, que serán los días 1 de enero, Año Nuevo; 7 de enero, lunes posterior a la Epifanía del Señor; 28 de marzo, Jueves Santo; 29 de marzo, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 30 de mayo, Día de Canarias; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, día de la Constitución Española; y el 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Asimismo, se establecen como días festivos en cada una de las islas: En El Hierro: el 6 de julio, Bajada de la Virgen Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 20 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 8 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe; en Lanzarote: el 16 de septiembre, lunes posterior a la festividad de la Virgen de los Dolores, Nuestra Señora de los Volcanes; en La Palma: el 5 de agosto, Festividad de Nuestra Señora de las Nieves; y en Tenerife: el 2 de febrero, Nuestra Señora de la Candelaria.
Por su parte, a la vista del calendario para el año 2013, el Día de Canarias se ha fijado en sustitución del lunes 9 de diciembre; y las fiestas insulares propuestas por los cabildos por el 25 de julio.
La novedad para el próximo año está en que las festividades del 8 de septiembre (Nuestra Señora del Pino en Gran Canaria) y el 15 de septiembre (Virgen de Los Dolores en Lanzarote) se trasladan al lunes siguiente.
Finalmente, el proyecto de Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno también abre el plazo para establecer las fiestas locales que, por tradición, sean propias en cada municipio y que se determinarán a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos. Estos cuentan con un plazo de un mes a partir de la publicación del Decreto para formular sus propuestas y remitirlas a la Dirección General de Trabajo.