22 de enero de 2016

Robos a particulares y empresas revelan fallos en dispositivos de alarma

Investigaciones policiales por allanamieno descubren que sensores, cámaras y paneles de control instalados por empresas de seguridad privada están homologados pero no cumplen la normativa europea
Las empresas de seguridad privada tienen, desde 2011, la obligación de adaptar sus equipos a las nuevas normas europeas. La Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía, no obstante, les ha permitido, con la aprobación de periodos de carencia, posponer esos cambios en los sistemas, que han podido seguir siendo homologados durante estos años.
El 18 de febrero de 2011 se publicaron en el BOE número 42 las siguientes Órdenes Ministeriales, que entraron en vigor en agosto, justo seis meses después:
--Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de Seguridad Privada.
--Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
--Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.
A partir del 18 de agosto de 2011, y según el artículo 3.1 de la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la Seguridad Privada, “Cualquier elemento o dispositivo que forme parte de un sistema de alarma de los recogidos por la normativa de seguridad privada, deberá cumplir, como mínimo, el grado y características establecidas en las Normas UNE-EN 50130, 50131, 50132, 50133, 50136 y en la Norma UNE CLC/TS 50398, o en aquellas otras llamadas a reemplazar a las citadas Normas, aplicables en cada caso y que estén en vigor”.
Esta aplicación era y es de obligado cumplimiento, para aquellos sistemas de seguridad (intrusión, control accesos, CCTV, sistemas alarma social, sistemas y equipos de transmisión de alarmas, sistemas combinados o integrados), que se pretendiesen conectar a una central receptora de alarmas, centro de control y/o de videovigilancia a partir del 18 de agosto de 2011 y sobre nuevas instalaciones.
Pues bien. Según explican a El Confidencial Digital fuentes del Sindicato de Trabajadores de Seguridad Privada (STSP), tan solo 12 días después de la publicación de esas órdenes ministeriales, el comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, Esteban Gándara, redactó un escrito, remitido por la Dirección General de la Policía Nacional, en el que se establecía un periodo de “carencia” de seis meses a las empresas para adaptarse a las nuevas normativas.
El comisario reconocía “problemas” para adaptarse a las nuevas exigencias europeas, por lo que informaba también que, tanto en las nuevas instalaciones “se dará conformidad provisional a las mismas, sin la necesidad de la presentación de los certificados que son exigidos por la nueva normativa”.