La Junta esquiva otro lío judicial por la vigilancia de los hospitales sevillanos
Con la reapertura de la mina de Aznalcóllar convertida en un dolor de cabeza para Susana Díaz, después de que se anunciara a bombo y platillo, precisamente, como un hito la transparencia de su procedimiento de adjudicación, la Junta de Andalucía respira aliviada por otro concurso en el que se habían generado muchas dudas e incluso empresas licitadoras habían destapado supuestas irregularidades: el millonario contrato de vigilancia de los hospitales sevillanos. Y es que Securitas Seguridad España S.A., una de esas entidades, comunicó ayer a este periódico su intención de no interponer finalmente el recurso contencioso-administrativo que había anunciado.
El pasado 1 de junio, como días atrás adelantó LA RAZÓN Andalucía, Securitas acude a los tribunales para recurrir la resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía que desestimaba sus alegaciones contra la adjudicación del contrato «Servicio de Vigilancia y Seguridad con Destino a los Centros Sanitarios Adscritos a la Plataforma Logística Sanitaria de Sevilla», convocado por el Área Hospitalaria Virgen Macarena y Virgen del Rocío de Sevilla, perteneciente al Servicio Andaluz de Salud (SAS).
El contrato, de 24 meses de duración y un valor estimado de 19.568.987,09 euros, fue adjudicado el 8 de julio de 2014 a Ilunion, grupo empresarial de la ONCE. Pero el 6 de agosto del mismo año se suspende de forma cautelar el proceso ante las reclamaciones de otras licitadoras. Securitas, en concreto, denunció que durante el mismo se añadieron elementos secundarios a los criterios descritos en los pliegos con posterioridad al plazo de presentación de ofertas y que éstos se aplicaron de manera «arbitraria, subjetiva y no uniforme», provocando que en determinados apartados sólo la oferta de la adjudicataria fuese valorada, lo que resultaba «completa y absolutamente improcedente». Pero sus alegaciones no fueron atendidas por el Tribunal Administrativo, lo que llevó a la entidad a interponer un recurso contencioso-administrativo y de cuyo anuncio se dio traslado a las partes interesadas el pasado 10 de agosto para que pudieran personarse.
Ayer, apenas diez días después de hacerse público por este diario la intención de dirimir en los juzgados el conflicto, Securitas decide dar marcha atrás. La versión oficial explica que el motivo de las alegaciones contra la referida adjudicación era «disentir respecto a la interpretación que el órgano contratante hizo de algunos de los criterios de adjudicación recogidos en los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas que regían el concurso». Pero una vez desestimadas por el Tribunal Administrativo el pasado 21 de abril de 2015 y tras un «estudio detenido de dicha resolución», Securitas decide «no presentar recurso contencioso-administrativo, aun cuando anunció la interposición del mismo». Y prosigue: «Con ello quiere afirmarse explícitamente que el motivo por el que Securitas Seguridad ha interpuesto el recurso contra la referida adjudicación es única y exclusivamente de índole jurídica».
Repasando la base de las alegaciones presentadas se hallan dos criterios técnicos de evaluación automática recogidos en el pliego que no habrían sido aplicados de conformidad con su naturaleza, lo que, a juicio de Securitas, desvirtuaba las puntuaciones resultantes de las ofertas de los licitadores. En concreto, hacía referencia a los equipos de transmisión ofertados. La comisión técnica sólo valoró 171, el número de trabajadores adscrito al servicio, de un total de 3.294, al entender que el resto eran innecesarios y el Tribunal Administrativo concluyó que Securitas solo pretendía conseguir la mayor puntuación en ese criterio y, dada la fórmula de valoración del mismo, situar las ofertas del resto de licitadores muy por debajo.
La segunda alegación, también rechazada, incidía en las consideraciones tenidas en cuenta a posteriori y se refieren al número de horas de formación del personal ofertadas. Securitas no fue la única empresa disconforme. El plan de formación de Eulen, como el resto salvo el de Ilunion, fue excluido, dejando de valorar 7.104 horas de formación propuestas. Mientras, la oferta de la adjudicataria sí lo fue pese a que ofertó sólo 2.466 horas, cuando el mínimo exigido es de 2.880 (artículo 57 de formación) y tampoco se ajusta a la normativa vigente de los contenidos de formación específica exigidos por la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad. El órgano de contratación esgrimió que el criterio de valoración de este apartado presupone la presentación de un plan de formación y no sólo una referencia al número de horas comprendidas en el mismo, aunque sea el dato objetivo empleado para aplicar la fórmula de valoración.
Eulen centraba su recurso en que los principios reguladores de la contratación pública habrían sido «conculcados por el órgano de contratación a la hora de puntuar» al menos en otros dos criterios técnicos más de adjudicación.