Sede de la Consejería de Sanidad en Las Palmas de Gran Canaria
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias comunica que la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan los procesos de incapacidad temporal durante los primeros 365 días de duración no entrará en vigor en Canarias hasta el próximo 1 de mayo.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha concedido a la comunidad autónoma seis meses de demora y la exime de su ejecución a partir del 1 de diciembre, fecha tope fijada en la normativa.
La Secretaría General del Servicio Canario de la Salud solicitó este aplazamiento el pasado 24 de noviembre informando a los responsables nacionales de Gestión de Incapacidad Temporal de que los test realizados utilizando el programa informático Drago-AP estaban generando quejas entre los facultativos debido a la dificultad para completar los partes de confirmación y a la complicación en la búsqueda de la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO), campo que ahora ha pasado a ser obligatorio.
Además, la entrada en vigor de la norma tampoco dejaba tiempo suficiente para la formación e información de la totalidad de los facultativos del Servicio Canario de la Salud en los cuatro grandes grupos en los que ahora pasan a clasificarse las bajas laborales en función de su duración óptima (obtenida en base al diagnóstico, la edad y profesión del paciente) o la duración estimada del proceso. Igualmente la periodicidad de emisión de partes de confirmación viene marcada por el grupo de la baja que corresponda, lo que genera muchas dudas, así como la emisión de informes médicos periódicos en función de dicha pertenencia a un grupo determinado.
Por su parte el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad propuso el pasado mes de noviembre que convivieran durante el tiempo que fuera necesario el protocolo que se venía utilizando hasta ahora para la gestión de bajas y que se fuera introduciendo el nuevo modelo, creando para ello dos ficheros, uno para recoger los partes médicos conforme al protocolo antiguo y otro para los partes con el nuevo formato.
No obstante, gran parte de las comunidades autónomas han puesto de manifiesto que esta forma de proceder, lejos de facilitar la tarea de los facultativos la complicaría significativamente, puesto que deberían duplicar el trabajo, por lo que han solicitado autorizaciones de demora para proceder a la modificación y actualización de los sistemas informáticos de Atención Primaria, así como para poder establecer planes de formación específica para el personal facultativo, atendiendo a la demanda solicitada por la propia plantilla.
De esta manera, el Ministerio ha solicitado a la Consejería canaria de Sanidad una fecha en la que considera que puede llevarse a la práctica con todas las garantías el cambio de sistema y, tras valorar positivamente la propuesta, ha aprobado que el nuevo sistema de gestión de los procesos de incapacidad temporal comience a funcionar el 1 de mayo de 2016.