15 de noviembre de 2012

Perdemos Derechos en VINSA, Modificado el Convenio Colectivo.

El 24 de Octubre en reunión del Comité Intercentros, como Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de Vinsa, se ha acordado por parte de la empresa y la mayoría de la representación sindical (UGT) la rebaja sustancial de determinados aspectos del Convenio de Vinsa, modificando el texto cuya vigencia se establecía hasta el año 2014.Si te interesa, sigue leyendo
El mencionado acuerdo, aceptado por 7 de los 8 miembros de la parte social, equipara algunos conceptos, como los complementos en los supuestos de Incapacidad Temporal ( enfermedad común ) o el importe de las dietas, a lo establecido en el Convenio Colectivo Sectorial y en otros, como las Ayudas por Minusvalía y el Fondo Económico y Asistencial, se produce una importante reducción con relación a lo que ya estaba firmado y publicado en el BOE.
 Ayudas por Minusvalía – Reducción superior a un 37 %.
Fondo Social – Reducción superior al 20 %.
CONCEPTOS MODIFICADOS
 Artículo 62.- Ayudas hijos y cónyuge minusválidos. Para los años 2012, 2013 y 2014, la empresa abonará a los trabajadores con hijos minusválidos la cantidad de: 200€ mensuales como complemento por cada hijo de esta condición y con independencia de la prestación que la Seguridad Social le tenga reconocida, en su caso, en concepto de ayuda para minusválidos, para aquéllos que tengan reconocida una minusvalía igual o superior al 75%. 
140€ mensuales como complemento por cada hijo de esta condición y con independencia de la prestación que la Seguridad Social le tenga reconocida, en su caso, en concepto de ayuda para minusválidos, para aquéllos que tengan reconocida una minusvalía comprendida entre el 50% al 74%.
125€ mensuales como complemento por cada hijo de esta condición y con independencia de la prestación que la Seguridad Social le tenga reconocida, en su caso, en concepto de ayuda para minusválidos, para aquellos que tengan reconocida una minusvalía comprendida entre el 33% al 49%.
Asimismo, recibirán la cuantía de 140€ en aquellos supuestos en los que el cónyuge del trabajador tenga una minusvalía de sus condiciones físico-psíquicas del 65% o superior.
Para el abono de estas cuantías el trabajador deberá de presentar a la empresa, el certificado correspondiente que acredite esta condición.
La cuantía acreditada de la prestación será abonada por la empresa en la que el trabajador preste sus servicios cualquiera que sea el número de días trabajados en el mes.
 Artículo 63.- Compensaciones en los supuestos de Incapacidad Temporal
 b) lncapacidad Temporal en caso de enfermedad o accidente no Laboral.
b.1) Del día 1 al 3, el 50% de la base de cotización, una sola vez al año.
b.2) Del día 4 al 20, el 80% de la base de cotización.
b.3) Del día 21 al 40, hasta el 100% de la base de cotización.
b.4) Del 41 al 60, el 90% de la base de cotización.
b.5) Del 61 al 90, el 80% de la base de cotización.
 Artículo 38.- Importe de las dietas. El importe de las dietas para los años 2012, 2013 y 2014 será:
Importe de las dietas para el año 2012
Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad 9,42
Cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad 17,38
Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar 15,93
Cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas 31,87
Importe de las dietas para el año 2013
Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad 9,51
Cuando el trabajador tenga que hacer dos cornidas fuera de su localidad 17,55
Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar 16,09
Cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas 32,19
Importe de las dietas para el año 2014
Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad 9,68
Cuando el trabajador tenga que hacer dos cornidas fuera de su localidad 17,83
Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar 16,35
Cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas 32,71
Art. 85 Fondo Económico y Asistencial
Apartado 5º.- Recursos Económicos
Las aportaciones que al mismo hace la empresa serán para cada uno de los años 2012, 2013 y 2014, de 180.000 € anuales. ( El importe se ha visto reducido en 46.000 € )