La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de esta capital que en marzo de 2016 condenó a un hombre por un delito leve de hurto cometido al ponerse unos pantalones y una camisa en un comercio para sustraer estas prendas.
La sentencia, que ha desestimado el recurso de apelación que planteó, confirma así la condena, que el Juzgado concretó en el pago de una multa de 150 euros.
El juez recogió como hechos probados que estos ocurrieron en un centro comercial de Ronda Sur hace ahora casi un año, cuando el acusado se vistió los pantalones y la camisa e intentó abandonar el lugar con ellos.
En ese momento sonó la alarma antirrobo, por lo que fue retenido por el vigilante de seguridad del local.
La sentencia que ahora se ve confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia recogió también que las prendas fueron valoradas en 57 euros y que las mismas fueron recuperados en perfecto estado para su posterior venta.
En su apelación, el acusado señaló que no existían pruebas de la autoría de los hechos por los que fue condenado, por lo que solicitó su absolución
La sala, al desestimar la apelación, señala que los hechos fueron probados en el juicio y que el juez o albergó duda alguna sobre la autoría de los mismos.