11 de octubre de 2013

Confirmadas las penas para los vigilantes que torturaron a un menor que se suicidó en un centro de internamiento en Tenerife.

Confirmadas las penas para los vigilantes que torturaron a un menor que se suicidó en un centro de internamiento en Tenerife. El centro de menores había alcanzado “cotas groseras de degradación” en el servicio que prestaba la administración autonómica, según el TS.
 El Tribunal Supremo ha confirmado las penas de entre año y medio y un año de prisión impuestas por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife a dos vigilantes y la coordinadora del Centro de Menores “Nivaria”, en Santa Cruz, por un delito de torturas al menor Philip G.Z, de 16 años, que acabó suicidándose en esta institución en 2004.
 La sentencia del alto tribunal, dada a conocer este jueves y de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, confirma todos los extremos de la sentencia dictada en su día por la Audiencia Provincial, que condenó al vigilante de seguridad Manuel Antonio Dorta a un año y seis meses de prisión y a su compañero Vicente Rivero y a la cuidadora y coordinadora Nieves de la Cruz Hernández a un año de cárcel.
 Además, deberán indemnizar a los padres del chico con 60.00 euros “por los perjuicios sufridos por su hijo con ocasión del delito de torturas” siendo responsables civiles subsidiarios la fundación Ideo, que gestionaba el centro, y la Dirección General de Protección al Menor y la Familia del Gobierno de Canarias.
 Los hechos probados por la Audiencia de Tenerife señalaban que el menor ingresó en el centro en octubre de 2004. Se encontraba en tratamiento psiquiátrico desde los ocho años por hiperactividad y trastornos de conducta que originaban graves incidentes de violencia familiar por lo que un juez determinó su internamiento.
 Desde el principio Philip tuvo problemas de adaptación y fue sometido a medida de internamiento tras agredir a un educador. También tenía problemas con el resto de menores, que le acusaban de chivato y le sometían a comportamientos continuos de acoso “degradantes, abusivos y vejatorios” a los que se unieron los vigilantes condenados que, lejos de garantizar su integridad, también le acosaban y llegaron a agredirle por considerarle causante del traslado de un compañero a Las Palmas.
SIN FORMACIÓN ADECUADA
 El día de su muerte, el 12 de noviembre de 2004, el menor fue sometido a maltrato y vejación por Dorta, que igual que su compañero carecía de formación para estar en un centro de estas características y carecían incluso de habilitación para ser vigilante. Le insultaron, agredieron y vejaron sin que la cuidadora presente, Nieves de la Cruz, hiciera nada al respecto ni lo pusiera en conocimiento de sus superiores.
 El menor estuvo encerrado en su celda e incluso puso un trapo para tapar la rejilla de la puerta para no ser observado sin que nadie se preocupara por el aquella noche. Por la mañana fue hallado muerto en la habitación con una bolsa de plástico en la cabeza.
“DEGRADACIÓN EN EL SERVICIO”
 Además de confirmar las condenas, el Supremo señala que la situación en el centro “Nivaria” había alcanzado “cotas groseras de degradación en el servicio” que era público pese a que la Comunidad lo había confiado “con evidente escaso acierto y fatales resultados, a entidades externas”.
 Considera que la cuidadora es también responsable de torturas porque “los aconteceres que sucedían en relación al menor Philip no podían ser ignorados por quien desempeñaba las funciones de coordinadora de educadores, “cualquiera que fuese la escasez de tiempo en que esa función se desempeñara”.
 La mujer, según el alto tribunal, no reunía además ninguna de las condiciones profesionales de técnicos en Derecho, Psicología, Pedagogía o Trabajo Social que exigen las normas para formar parte del equipo de educadores.