Estimados compañeros, la FES se estrella de nuevo con nuestro convenio en su animo de impugnación, en este caso contra la disposición tercera adicional referente a la nacionalización del 50% de las empresas del sector por impago de las cantidades acordadas en el convenio.
Esta clausula ha sido declarada por Audiencia Nacional como legal.
Breve Resumen de la Sentencia:
Desestima la Audiencia Nacional la demanda interpuesta por la Federación empresarial demandante. Declara la Sala, entre otros pronunciamientos, que en el supuesto enjuiciado no cabe declarar la pretendida nulidad de la DT3ª del convenio al no existir el más mínimo asomo de consentimiento viciado que hubiese sido prestado por error, violencia, intimidación o dolo, a que se refiere el art. 1.265 del C.c.
Y la interpretación de tal cláusula es clara y no deja dudas sobre la intención de los contratantes (arts. 1.281 y 1.282 del C.c), que no fue otra que la de establecer, en caso de impago de las cantidades resultantes de los incrementos pactados en las tablas salariales del año 2016, una penalización por incumplimiento de pago, consistente en el 50% de la cantidad debida.
Ese pacto tampoco puede calificarse de abusivo de derecho, ya que, al tratarse de cláusulas y condiciones negociadas colectivamente por los representantes legales de los trabajadores con la empresa, sin que conste que obedezcan a una imposición impuesta por los representantes de los trabajadores, puesto que los representantes de las empresas, actuando colectivamente a través de sus organizaciones, sí han podido influir en el redactado y contenido de la cláusula.