Los trabajadores que lleven, como mínimo un año en una misma Empresa podrán
solicitar permiso, sin sueldo, que las Empresas, previo informe de los representantes de
los trabajadores, atenderán, salvo que ello suponga grave perturbación en el servicio.
La duración de estos permisos no será superior a 15 días naturales, y no podrán
concederse a más del 5% de la plantilla, de su delegación.