¿Ve razonable que los vigilantes de seguridad puedan detener a gente en determinadas vías públicas?
La nueva ley de seguridad privada prevé la facultad de detención a delincuentes por parte de vigilantes de seguridad privada solo en dos supuestos. Uno, en aquellos casos en que el hecho guarde “relación con el objeto de su protección o de su actuación y su inmediata puesta a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”. Por ejemplo, cuando un vigilante está trabajando en una zona comercial y alguien le roba el bolso a una señora. Parece lógico que lo pueda detener y entregar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Si no, su trabajo no tendría sentido. Y dos, la ley no hace sino reproducir la facultad que los vigilantes ya disponían en la normativa actual en relación con las distintas funciones que estaban autorizados a realizar en la vía pública. Cualquier ciudadano, bajo el amparo de la normativa vigente, dispone de la facultad de detención ante alguien que está cometiendo un delito flagrante.
Algunos sectores se quejan de que la formación de los vigilantes no es tan completa como la de los Policías y de que no se puede equiparar su función.
Desde una perspectiva legal, los vigilantes de seguridad privada españoles son los más formados de toda Europa. Tanto por el contenido de la formación previa que reciben como por el examen que les hace la Policía y que tienen que superar antes de obtener la habilitación profesional, además de la formación permanente durante toda su vida profesional. Las empresas asociadas a Aproser, en concreto, apuestan decididamente por la formación de sus empleados como garantía de la prestación de un servicio de calidad.
No estamos de acuerdo, en absoluto. La nueva ley profundiza en un modelo que lleva funcionando más de 20 años, y que se basa en la complementariedad y subordinación de la seguridad privada a la pública. Todos los ejemplos, que son muy numerosos, de trabajo conjunto entre ambas tienen resultados muy satisfactorios. La nueva ley no hace otra cosa que ahondar en este mismo sentido.
¿Pero algunas empresas de seguridad se encuentran en el límite de la legalidad al poner, por ejemplo, como vigilantes a personas no preparadas?
Uno de los principales avances de la ley es la lucha decidida contra todo tipo de intrusismo en el sector. Todas las empresas de nuestra asociación prestan servicios con profesionales altamente preparados, de eso no cabe ninguna duda.
La Asociación Unificada de Guardias Civiles ha acusado al Gobierno de hacer una privatización encubierta de la seguridad mediante la aprobación de esta ley y suplir las funciones de los funcionarios con policías menos formados y más baratos.
Negamos categóricamente esta afirmación. La nueva ley no supone en absoluto una privatización de la seguridad, en la medida en que distingue perfectamente los ámbitos de actuación de la seguridad privada dentro de un concepto integral de seguridad.
Pero a nadie se le puede ocultar que este mayor peso de la seguridad privada se produce en un momento en el que la Policía y la Guardia Civilexperimentan una reducción drástica de sus efectivos. ¿Hay cometidos en los que los vigilantes pueden sustituir a los funcionarios?
Lo que es una clara realidad son los datos de penetración de la seguridad pública y privada. En relación a la mayoría de países de la Unión Europea, España tienen una menor presencia de la seguridad privada. En todo caso, no nos compete a nosotros valorar el número de empleados de Policía y Guardia Civil.
Algunos medios acusan al Gobierno de querer favorecer con esta ley a las empresas de seguridad privada y fomentar su negocio.
Esta ley acentúa el modelo de la seguridad privada subordinada a la pública, como he dicho, con unas funciones fijadas de forma taxativa. No hace sino integrar en una norma con rango legal lo que se venía regulando por vía reglamentaria hasta el momento.