A destacar entre todo lo que se comento en la jornada:
.- En las centrales podrán operar vigilantes de seguridad y operadores de central de alarmas, pero estos últimos serán personal acreditado..
.- Un sistema de cámaras y alarmas podrá ser instalado por cualquier empresa de servicios siempre que no se conecte a una central receptora de alarmas.
.- Se está barajando que tipo de arma asignar a los acudas para algunos casos concretos.
.- Los guardas particulares de campo que pasaran a denominarse Guardas Rurales, podrán actuar como acudas.
En esta jornada se dejó claro que ante un aviso de alarma solo pueden acudir las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, osea Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Policías Autonómicas, nunca las Policías Locales.
A petición de alguno de los ponentes se invitó a intervenir para aclarar una serie de dudas al Comisario jefe de la Unidad central de Seguridad Privada, Don Esteban Gándara y entre otras cuestiones aclaró que a día de hoy, incluida Cataluña, en ningún caso un profesional de la seguridad privada tiene la consideración de agente de la autoridad y menos el carácter de agente de la autoridad, ya que eso se tiene por el hecho de ser miembro de las fuerzas y cuerpos de la seguridad.
.- Un sistema de cámaras y alarmas podrá ser instalado por cualquier empresa de servicios siempre que no se conecte a una central receptora de alarmas.
.- Se está barajando que tipo de arma asignar a los acudas para algunos casos concretos.
.- Los guardas particulares de campo que pasaran a denominarse Guardas Rurales, podrán actuar como acudas.
En esta jornada se dejó claro que ante un aviso de alarma solo pueden acudir las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, osea Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Policías Autonómicas, nunca las Policías Locales.
A petición de alguno de los ponentes se invitó a intervenir para aclarar una serie de dudas al Comisario jefe de la Unidad central de Seguridad Privada, Don Esteban Gándara y entre otras cuestiones aclaró que a día de hoy, incluida Cataluña, en ningún caso un profesional de la seguridad privada tiene la consideración de agente de la autoridad y menos el carácter de agente de la autoridad, ya que eso se tiene por el hecho de ser miembro de las fuerzas y cuerpos de la seguridad.
Añadió que en estos momentos y que casi seguro se quede así, en la nueva ley, los profesionales de la seguridad privada tendrán esa consideración bajo circunstancias muy concretas, como por ejemplo, cuando actuando bajo las ordenes o en colaboración de las fuerzas y cuerpos de seguridad, sea agredido por un hecho relacionado con la actuación en si.
El Comisario Gándara argumentó que además, para que ésto fuera posible en la actual reforma del código penal se estaba modificando el art. 550 añadiendo al personal de seguridad privada, situación esta histórica ya que hasta ahora no figuraba ese termino en el mencionado Código
El acto fue clausurado por el catedrático de la Uned Santiago Garrido y el Director General de Stanley Security Nick Alexander.
El Comisario Gándara argumentó que además, para que ésto fuera posible en la actual reforma del código penal se estaba modificando el art. 550 añadiendo al personal de seguridad privada, situación esta histórica ya que hasta ahora no figuraba ese termino en el mencionado Código
El acto fue clausurado por el catedrático de la Uned Santiago Garrido y el Director General de Stanley Security Nick Alexander.