La magistrada que investiga a Miguel Ángel Ramírez por presunto delito fiscal y contra la Seguridad Social ha desgajado del proceso las diligencias que practicó Salvador Alba sobre la también juez Victoria Rosell y su pareja Carlos Sosa, por ser cuestiones sin «relación alguna» con los presuntos delitos que se intentan esclarecer.
La magistrada que instruye las diligencias previas abiertas al empresario Miguel Ángel Ramírez por presunto delito fiscal y contra la seguridad social, Carla Vallejo, dictó anteayer el auto que acuerda desglosar de las causa y archivar las diligencias que, como instructor accidental de la misma, practicó el magistrado Salvador Alba Mesa cuando el 23 de marzo de 2016 citó a Ramírez para preguntarle por sus negocios con el periodista Carlos Sosa, la pareja de la también magistrada Victoria Rosell.
La juez Vallejo aparta de la causa y archiva tanto la toma de declaración de Ramírez de aquel día –supuestamente preparada en una reunión previa entre el empresario y el juez, lo que hoy constituye el núcleo del escándalo del Albagate– como la documentación que aportó el empresario sobre sus negocios con Carlos Sosa, al entender que ninguna de las dos pruebas «guarda relación alguna, ni con la comisión de los hechos que son objeto del presente proceso, ni con cuestiones relativas a la culpabilidad de quien está siendo investigado en el seno del mismo».
«Antes al contrario»; concluye la magistrada, «se trata de cuestiones totalmente ajenas, cuya incorporación a los autos debe ser tildada de, al menos, notablemente irregular».
El auto estima parcialmente la petición formulada por el investigado Ramírez, que pidió a la juez la nulidad de todas las actuaciones en base a las presuntas irregularidades en las que podría haber incurrido Salvador Alba cuando, en sustitución de Victoria Rosell, se puso al frente del Juzgado de Instrucción número 8 de la capital grancanaria, lo que sucedió entre el 3 de noviembre de 2015 y el 3 de mayo de 2016.
La juez Vallejo recuerda que la investigación sobre Ramírez, impulsada por el Ministerio Fiscal y por una acusación particular personada en la causa en nombre de un sindicato, intenta aclarar si el empresario había declarado ante el fisco como dietas exentas de tributación en su empresa Seguridad Integral Canaria «cantidades que en realidad deberían haberse integrado en el salario de los trabajadores como rentas sujetas a impuestos».
Recapitula que el 23 de mayo pasado, Alba citó al empresario y su declaración «no versó ni tuvo por objeto interrogarle sobre los delitos que son materia de este procedimiento, sino que, como ya es por todos conocido y consta en la actuaciones, tuvo exclusivamente como fin que éste declara sobre las relaciones comerciales que pudo tener [Ramírez] con la anterior pareja de la anterior instructora de la causa».
Añade que tampoco la documentación que aportó el empresario a petición del instructor [contratos de alguna de las empresas de Alba distinta a la investigada con las de Sosa; supuestamente, ya se habría pactado esta entrega en la conversación grabada en secreto por Ramírez que ahora investiga el TSJC] «guarda relación alguna con los delitos que se investigan, sino que iban referidos a esas relaciones comerciales que, se insiste, ninguna relación guardan con la presente causa, como no sea la de contaminar la misma con cuestiones ajenas, y ello con el fin, apuntado por el Ministerio Público, de buscar artificiosamente una nulidad, poniendo en riesgo el curso del proceso».
El auto no sólo desglosa lo actuado por Salvador Alba, sino que exige a las partes que devuelvan la copias de estas concretas actuaciones.