En el día de ayer, se ha conocido la sentencia favorable del Tribunal Supremo por la que se desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa de SEGURIDAD ALERTA Y CONTROL contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que anulaba el laudo arbitral de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivo (CCNCC) sobre el DESCUELGUE de nuestro Convenio Colectivo de Ámbito Nacional.
A modo de recordatorio, en Julio de 2014, USO, UGT Y CCOO interpusieron ante la sala de lo social de la AN, demanda contra el laudo arbitral de la CCNCC que aprobaba descuelgue de convenio colectivo y contra la empresa Alerta y Control, solicitando la nulidad del laudo y subsidiariamente su improcedencia.
La sentencia de la AN estimó la demanda de la representación sindical declarando nulo de pleno derecho el laudo arbitral sobre descuelgue y condenando a la CCNCC y la empresa Alerta y Control a estar y pasar a todos los efectos por la sentencia de la AN.
Contra dicha sentencia, se interpuso por la letrada de la Empresa Alerta y Control, Recurso de Casación, cuya resolución es la INADMISION del recurso de casación, pasando por aplicar la resolución impugnada por la AN.