La sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, deberá estudiar la condena de 27 meses de cárcel que el juzgado de lo penal número 2 de la ciudad le impuso hace días a un aficionado ultra del Sporting de Gijón acusado de partirle la nariz a un vigilante de seguridad de El Molinón. El imputado fue juzgado dentro de un procedimiento en el que la Fiscalía pedía la condena de otros seis radicales acusados de provocar importantes disturbios en el partido que enfrentó al Sporting y al Córdoba en mayo del año 2013 en el estadio municipal.
El magistrado encargado del caso afirmó, en contra del criterio tanto del representante del ministerio público como de la Policía Nacional, que los movimientos que los ultras habían realizado en las gradas del estadio no habían supuesto un desorden que pudiera ser castigado con pena de privación de libertad. El juez desechó además que el lanzamiento de un asiento a los agentes que aquel día intervenían en El Molinón implicara la imposición de una pena de cárcel porque ningún funcionario resultó herido. El primer juicio colectivo contra varios ultras del Soprting se saldó, por tanto, con seis acusados absueltos y sólo una condena, la del aficionado cuya identidad responde a las iniciales R. P. O, que debería ingresar en la cárcel.
El juez consideraba probado que durante la trifulca el condenado -que llegó a ser candidato a la presidencia del Principado por el partido Democracia Nacional-, le rompió la nariz a uno de los vigilantes de seguridad del estadio. El herido tuvo que ser intervenido quirúrgicamente en dos ocasiones como consecuencia de la agresión, que tuvo lugar cuando varios ultras intentaban acceder al aparcamiento situado en el interior del estadio. El juez tachó estos hechos de "especialmente reprobables" por encontrase ante un acto de violencia que el propio magistrado definió como "totalmente gratuita".