Desde la FTSP-USO de Cáceres se ha realizado una consulta a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cáceres sobre el cálculo del cómputo de la jornada de trabajo cuando el trabajador tiene derecho a disfrutar de un permiso o licencia o está en situación de incapacidad temporal.
La Inspección de trabajo nos ha contestado que el cálculo de las 5,4 horas por día en estas situaciones, exigiendo la compensación del resto hasta la jornada de trabajo, es ilegal. No se puede compensar este supuesto exceso de horas que no existe en meses posteriores, y si algún trabajador hubiese trabajado esas supuestas horas de defecto, estas serían consideradas horas extraordinarias.
Podéis descargar la respuesta completa de Inspección de trabajo aqui: